Diccionario panhispánico del español jurídico

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La interrupción de la prescripción del delito por admisión a trámite de la querella (A propósito de la STC 63/2005, de 14 de marzo)

por Fernández López, Mercedes

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2005
Ver otros artículos del mismo número: 7

En la reciente sentencia 63/2005, de 14 de marzo, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre la interrupción de la prescripción del delito. A pesar de ser una más de las veces que aborda el tema de la prescripción penal, lo cierto es que lo hace con un alcance muy diferente al de sus anteriores resoluciones, lo que ha provocado nuevamente las airadas protestas de la Sala 2.ª del TS por lo que considera una clara invasión de las competencias que le atribuye el art. 123 CE como intérprete último de la legalidad ordinaria. Incluso una parte de los magistrados de la Sala 2.ª ha llegado a plantearse instar a Gobierno a que desde el Parlamento se realice algún tipo de iniciativa legislativa que permita desglosar claramente las competencias de ambos tribunales. Como puede apreciarse, nos encontramos ante una nueva crisis competencial que parece requerir la intervención del legislador para proceder con cierta urgencia a una verdadera delimitación de los roles que han de jugar cada uno de estos tribunales en atención al sentido que quepa atribuir, por un lado, al art. 123 CE y, por otro, al papel del TC como máximo intérprete del texto constitucional y garante de los derechos fundamentales, en particular la extensión que cabe atribuir al art. 24.1 CE, que está en el núcleo de todas estas disputas [...]


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En la reciente sentencia 63/2005, de 14 de marzo, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre la interrupción de la prescripción del delito. A pesar de ser una más de las veces que aborda el tema de la prescripción penal, lo cierto es que lo hace con un alcance muy diferente al de sus anteriores resoluciones, lo que ha provocado nuevamente las airadas protestas de la Sala 2.ª del TS por lo que considera una clara invasión de las competencias que le atribuye el art. 123 CE como intérprete último de la legalidad ordinaria. Incluso una parte de los magistrados de la Sala 2.ª ha llegado a plantearse instar a Gobierno a que desde el Parlamento se realice algún tipo de iniciativa legislativa que permita desglosar claramente las competencias de ambos tribunales. Como puede apreciarse, nos encontramos ante una nueva crisis competencial que parece requerir la intervención del legislador para proceder con cierta urgencia a una verdadera delimitación de los roles que han de jugar cada uno de estos tribunales en atención al sentido que quepa atribuir, por un lado, al art. 123 CE y, por otro, al papel del TC como máximo intérprete del texto constitucional y garante de los derechos fundamentales, en particular la extensión que cabe atribuir al art. 24.1 CE, que está en el núcleo de todas estas disputas [...]


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