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Los planes/fondos de pensiones en España
El Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por R.D. Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre (BOE, de 13 de diciembre; TRLPFP), refleja la consolidación de los principios fundamentales de política pública en esta materia. Es manifiesto que ello supone la estabilización legal del desarrollo privatista del art.41 CE, en cuanto que los Planes de pensiones son sistemas de previsión estrictamente privada. El término “libre” como elemento configurador se traduce en el sistema legal (en cuanto opción de política legislativa) por régimen “privado”, aunque la Constitución impide el monopolio estatal en este tipo de previsión, pero no de la posible concurrencia de la iniciativa pública y de la iniciativa privada [...]
I. El principio de libertad (la “voluntariedad”).
II. El principio estructural general de externalización “ex lege”
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El Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por R.D. Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre (BOE, de 13 de diciembre; TRLPFP), refleja la consolidación de los principios fundamentales de política pública en esta materia. Es manifiesto que ello supone la estabilización legal del desarrollo privatista del art.41 CE, en cuanto que los Planes de pensiones son sistemas de previsión estrictamente privada. El término “libre” como elemento configurador se traduce en el sistema legal (en cuanto opción de política legislativa) por régimen “privado”, aunque la Constitución impide el monopolio estatal en este tipo de previsión, pero no de la posible concurrencia de la iniciativa pública y de la iniciativa privada [...]
I. El principio de libertad (la “voluntariedad”).
II. El principio estructural general de externalización “ex lege”