Diccionario panhispánico del español jurídico

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Una nueva Política Pesquera Común. Comentario al Reglamento (CE) n.º 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la Política Pesquera Común

por Abad Castelos, Montserrat

Artículo
ISSN: 1696-9634
Otros Autores: Rey Aneiros, Adela
Madrid Iustel 2003
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El pasado 20 de diciembre, el Consejo de Ministros adoptó el nuevo Reglamento de base que regirá la Política Pesquera Común (en adelante, PPC) durante los próximos años (Reglamento (CE) n.º 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, DOCE L 358, de 31.12.2002, pp.59-80). En el artículo 14.2 del Reglamento que ha regido esta Política Común durante los últimos diez años (Reglamento (CEE) n.º 3760/92 del Consejo, de 20 de diciembre de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura, DOCE L 389, de 31.12.1992, pp.1 y ss.), se preveía que tal revisión del régimen debía iniciarse con una reflexión por parte de la Comisión antes del 31 de diciembre de 2001, y finalizar con nuevos reglamentos del Consejo adoptados antes del 31 de diciembre de 2002. El primer paso se llevó efectivamente a cabo en marzo de 2001, con la presentación por parte de la Comisión del “Libro Verde sobre el futuro de la Política Común de la Pesca (COM (2001) 135, de 20.03.2001). El polémico contenido de este documento de la Comisión hacía ya prever que esta nueva revisión de la PPC sería especialmente intensa. Finalmente, el nuevo Reglamento de base no ha venido a significar un simple retoque del régimen vigente sino que, por el contrario, la revisión ha sido sustancial y global. Dicho Reglamento ha venido, además, acompañado de un entramado de nuevas disposiciones sobre estructuras, medidas urgentes para el desguace de buques, reparto anual de totales admisibles de capturas, medidas técnicas, acceso y posibilidades de pesca de especies de aguas profundas, etc [...]


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El pasado 20 de diciembre, el Consejo de Ministros adoptó el nuevo Reglamento de base que regirá la Política Pesquera Común (en adelante, PPC) durante los próximos años (Reglamento (CE) n.º 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, DOCE L 358, de 31.12.2002, pp.59-80). En el artículo 14.2 del Reglamento que ha regido esta Política Común durante los últimos diez años (Reglamento (CEE) n.º 3760/92 del Consejo, de 20 de diciembre de 1992, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura, DOCE L 389, de 31.12.1992, pp.1 y ss.), se preveía que tal revisión del régimen debía iniciarse con una reflexión por parte de la Comisión antes del 31 de diciembre de 2001, y finalizar con nuevos reglamentos del Consejo adoptados antes del 31 de diciembre de 2002. El primer paso se llevó efectivamente a cabo en marzo de 2001, con la presentación por parte de la Comisión del “Libro Verde sobre el futuro de la Política Común de la Pesca (COM (2001) 135, de 20.03.2001). El polémico contenido de este documento de la Comisión hacía ya prever que esta nueva revisión de la PPC sería especialmente intensa. Finalmente, el nuevo Reglamento de base no ha venido a significar un simple retoque del régimen vigente sino que, por el contrario, la revisión ha sido sustancial y global. Dicho Reglamento ha venido, además, acompañado de un entramado de nuevas disposiciones sobre estructuras, medidas urgentes para el desguace de buques, reparto anual de totales admisibles de capturas, medidas técnicas, acceso y posibilidades de pesca de especies de aguas profundas, etc [...]


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