Diccionario panhispánico del español jurídico

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Secreto profesional del abogado y prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales. A propósito de la STJCE Luxemburgo de 26 de junio de 2007 (asunto C-305/05)

por Vaquero Pinto, María José

Artículo
ISSN: 1696-9634
Madrid Iustel 2007
Ver otros artículos del mismo número: 14

La sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 26 de junio de 2007 examina si la obligación impuesta a un abogado que actúa en el ejercicio de sus actividades profesionales, de cooperar con las autoridades competentes en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, en el sentido del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/308/CEE –recientemente sustituida por la Directiva 2005/60/CE, aunque ésta tiene el mismo contenido- y de informar a dichas autoridades, por iniciativa propia, de cualquier hecho que pudiera ser indicio de blanqueo de capitales, constituye una violación del derecho a un proceso justo, tal como está garantizado por el artículo 6 del CEDH y el art. 6 UE, apartado 2, habida cuenta de las limitaciones del alcance de dicha obligación previstas en el artículo 2 bis, número 5, y en el artículo 6, apartado 3, de la misma Directiva.
El Tribunal concluye que, dado que las exigencias derivadas del derecho a un proceso justo implican, por definición, que exista una relación con algún procedimiento judicial, y habida cuenta del hecho de que el artículo 6, apartado 3, párrafo segundo, de la Directiva 91/308/CEE dispensa a los abogados de las obligaciones de información y cooperación contempladas en el artículo 6, apartado 1, de dicha Directiva cuando sus actividades tengan la mencionada relación con algún procedimiento judicial, quedan preservadas las exigencias de que se trata.

The judgement of the Court of the European Union, June 26th 2007, sets that it's necessary to determine whether the obligation incumbent on a lawyer acting in the exercise of his professional activities to cooperate with the authorities responsible for combating money laundering within the meaning of Article 6(1) of Directive 91/308/CEE –recently, this directive has been replaced with a different one, the Directive 2005/60/CE, which has very similar contents– and to inform them on his own initiative of any fact which could be an indication of money laundering, account being taken of the limitations placed on that obligation by Articles 2a(5) and 6(3) of that directive, constitutes an infringement of the right to a fair trial as guaranteed by Article 6 of the ECHR and Article 6(2) EU.
The Court concluded that, as the requirements implied by the right to a fair trial presuppose, by definition, a link with judicial proceedings, and in view of the fact that the second subparagraph of Article 6(3) of the directive 91/308/CEE exempts lawyers, where their activities are characterised by such a link, from the obligations of information and cooperation laid down in Article 6(1) of the directive, those requirements are respected.

Tabla de Contenidos

I. Antecedentes: litigio principal y cuestión prejudicial
II. Fundamento y extensión del deber de secreto profesional del abogado
III. Límites del deber de secreto profesional del abogado por razón de la prevención del sistema financiero para el blanqueo de capitales
IV. Conclusión


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La sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 26 de junio de 2007 examina si la obligación impuesta a un abogado que actúa en el ejercicio de sus actividades profesionales, de cooperar con las autoridades competentes en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, en el sentido del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/308/CEE –recientemente sustituida por la Directiva 2005/60/CE, aunque ésta tiene el mismo contenido- y de informar a dichas autoridades, por iniciativa propia, de cualquier hecho que pudiera ser indicio de blanqueo de capitales, constituye una violación del derecho a un proceso justo, tal como está garantizado por el artículo 6 del CEDH y el art. 6 UE, apartado 2, habida cuenta de las limitaciones del alcance de dicha obligación previstas en el artículo 2 bis, número 5, y en el artículo 6, apartado 3, de la misma Directiva.
El Tribunal concluye que, dado que las exigencias derivadas del derecho a un proceso justo implican, por definición, que exista una relación con algún procedimiento judicial, y habida cuenta del hecho de que el artículo 6, apartado 3, párrafo segundo, de la Directiva 91/308/CEE dispensa a los abogados de las obligaciones de información y cooperación contempladas en el artículo 6, apartado 1, de dicha Directiva cuando sus actividades tengan la mencionada relación con algún procedimiento judicial, quedan preservadas las exigencias de que se trata.

The judgement of the Court of the European Union, June 26th 2007, sets that it's necessary to determine whether the obligation incumbent on a lawyer acting in the exercise of his professional activities to cooperate with the authorities responsible for combating money laundering within the meaning of Article 6(1) of Directive 91/308/CEE –recently, this directive has been replaced with a different one, the Directive 2005/60/CE, which has very similar contents– and to inform them on his own initiative of any fact which could be an indication of money laundering, account being taken of the limitations placed on that obligation by Articles 2a(5) and 6(3) of that directive, constitutes an infringement of the right to a fair trial as guaranteed by Article 6 of the ECHR and Article 6(2) EU.
The Court concluded that, as the requirements implied by the right to a fair trial presuppose, by definition, a link with judicial proceedings, and in view of the fact that the second subparagraph of Article 6(3) of the directive 91/308/CEE exempts lawyers, where their activities are characterised by such a link, from the obligations of information and cooperation laid down in Article 6(1) of the directive, those requirements are respected.

Tabla de Contenidos

I. Antecedentes: litigio principal y cuestión prejudicial
II. Fundamento y extensión del deber de secreto profesional del abogado
III. Límites del deber de secreto profesional del abogado por razón de la prevención del sistema financiero para el blanqueo de capitales
IV. Conclusión


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