Diccionario panhispánico del español jurídico

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La política exterior de la Unión Europea contra la proliferación de armas de destrucción masiva

por Álvarez Verdugo, Milagros

Artículo
ISSN: 1696-9634
Madrid Iustel 2006
Ver otros artículos del mismo número: 11

El Consejo Europeo adoptó en diciembre de 2003 una Estrategia contra la proliferación de armas de destrucción masiva que recoge la voluntad política de los Estados miembros de luchar contra la proliferación, sintetiza el enfoque europeo específicamente diseñado a tal efecto y fundamenta la política exterior de la UE en este ámbito. Transcurridos tres años desde su adopción, la práctica desarrollada permite contrastar las características iniciales de dicha estrategia con su aplicación efectiva y, por consiguiente, identificar los límites jurídicos y políticos que enfrenta la acción de la UE en esta materia. Estos límites derivan de la naturaleza jurídica de la UE y, por ende, de las competencias que tiene atribuidas. Específicamente, la naturaleza intergubernamental de la PESC condiciona los contenidos de la política exterior de la UE contra la proliferación y explica alguna de sus carencias. Ahora bien, también ilustra con claridad las dificultades intrínsecas a una acción internacional coordinada pues, con independencia de la voluntad de los Estados, éstos tienen tradiciones jurídicas y concepciones políticas distintas que necesariamente han de conjugarse para el diseño de los instrumentos oportunos en los foros intergubernamentales y multilaterales.

The European Council of the EU adopted in December 2003 a Strategy against proliferation of WMD. This Strategy reflects the political will of EU Member States to fight against proliferation, synthesizes the European approach specifically designed to this end, and grounds the EU foreign policy on this matter. After three years, the EU practice makes possible to compare that initial design with its real application and, thus, to identify the legal and political limits of the EU action in this field. These limits come from the legal nature of the EU and, consequently, the competences and powers assigned to the EU. Specifically, the intergovernmental nature of the CFSP determines the content of the EU foreign policy against proliferation and permits to explain some of its lacks. Nevertheless, and at the same time, the EU intergovernmental experience shows clearly the inner difficulties of a coordinated international action because, leaving aside the willingness of States, they have different legal traditions and political concepts and, necessarily, all of them have to fit together accurately in order to design proper instruments in the intergovernmental and multilateral institutions.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. RELIMITACIÓN:
1. Ámbito de aplicación
2. Propósitos y principios rectores
III. MEDIDAS DE APLICACIÓN:
1. La consecución de un multilateralismo eficaz:
1.1. La promoción de los tratados, acuerdos y disposiciones jurídicas internacionales.
1.2. El fortalecimiento de los mecanismos de verificación y control.
1.3. La garantía de uso pacífico de los productos y tecnologías de doble uso
2. La promoción de un entorno internacional y regional estable
3. La cooperación con países asociados
4. Medidas procedimentales e institucionales
IV. CONSIDERACIONES FINALES


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El Consejo Europeo adoptó en diciembre de 2003 una Estrategia contra la proliferación de armas de destrucción masiva que recoge la voluntad política de los Estados miembros de luchar contra la proliferación, sintetiza el enfoque europeo específicamente diseñado a tal efecto y fundamenta la política exterior de la UE en este ámbito. Transcurridos tres años desde su adopción, la práctica desarrollada permite contrastar las características iniciales de dicha estrategia con su aplicación efectiva y, por consiguiente, identificar los límites jurídicos y políticos que enfrenta la acción de la UE en esta materia. Estos límites derivan de la naturaleza jurídica de la UE y, por ende, de las competencias que tiene atribuidas. Específicamente, la naturaleza intergubernamental de la PESC condiciona los contenidos de la política exterior de la UE contra la proliferación y explica alguna de sus carencias. Ahora bien, también ilustra con claridad las dificultades intrínsecas a una acción internacional coordinada pues, con independencia de la voluntad de los Estados, éstos tienen tradiciones jurídicas y concepciones políticas distintas que necesariamente han de conjugarse para el diseño de los instrumentos oportunos en los foros intergubernamentales y multilaterales.

The European Council of the EU adopted in December 2003 a Strategy against proliferation of WMD. This Strategy reflects the political will of EU Member States to fight against proliferation, synthesizes the European approach specifically designed to this end, and grounds the EU foreign policy on this matter. After three years, the EU practice makes possible to compare that initial design with its real application and, thus, to identify the legal and political limits of the EU action in this field. These limits come from the legal nature of the EU and, consequently, the competences and powers assigned to the EU. Specifically, the intergovernmental nature of the CFSP determines the content of the EU foreign policy against proliferation and permits to explain some of its lacks. Nevertheless, and at the same time, the EU intergovernmental experience shows clearly the inner difficulties of a coordinated international action because, leaving aside the willingness of States, they have different legal traditions and political concepts and, necessarily, all of them have to fit together accurately in order to design proper instruments in the intergovernmental and multilateral institutions.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. RELIMITACIÓN:
1. Ámbito de aplicación
2. Propósitos y principios rectores
III. MEDIDAS DE APLICACIÓN:
1. La consecución de un multilateralismo eficaz:
1.1. La promoción de los tratados, acuerdos y disposiciones jurídicas internacionales.
1.2. El fortalecimiento de los mecanismos de verificación y control.
1.3. La garantía de uso pacífico de los productos y tecnologías de doble uso
2. La promoción de un entorno internacional y regional estable
3. La cooperación con países asociados
4. Medidas procedimentales e institucionales
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