Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sanciones: reserva de ley. Aplicación retroactiva de las normas sancionadoras favorables. Principio de proporcionalidad y determinación de la sanción como actividad reglada. Prescripción de las sanciones. Concepto de reincidencia

por Cano Campos, Tomás

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2005
Ver otros artículos del mismo número: 10

Por resolución de 28 de abril de 1988, del Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos, confirmada por el Subsecretario de Economía y Hacienda, se impuso al titular de una expendeduría de tabacos una sanción de tres meses de suspensión de la concesión y otra de revocación de la misma por realizar ventas a precios distintos de los autorizados (venta con descuento) y suministro a puntos de entrega con recargo, distintos de los que estuviesen obligatoriamente adscritos, conductas constitutivas, respectivamente, de una infracción muy grave y de infracción grave previstas en el RD 2738/1986, de 12 de diciembre, por el que se regulan las actividades de importación y comercio de mayoristas y minoristas de labores. La STSJ de Madrid de 15 de febrero de 2001 desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra dicha resolución por entender que no se vulneraban, como alegaba el recurrente, los principios de reserva de ley y tipicidad sancionadora [...]

Tabla de Contenidos

I. RESERVA DE LEY
1. Reserva de ley y relaciones especiales de sujeción
II. APLICACIÓN RETROACTIVA DE LAS NORMAS SANCIONADORAS FAVORABLES
III. PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y DETERMINACIÓN DE LA SANCIÓN COMO ACTIVIDAD REGLADA
IV. PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES
V. CONCEPTO DE REINCIDENCIA


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Por resolución de 28 de abril de 1988, del Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos, confirmada por el Subsecretario de Economía y Hacienda, se impuso al titular de una expendeduría de tabacos una sanción de tres meses de suspensión de la concesión y otra de revocación de la misma por realizar ventas a precios distintos de los autorizados (venta con descuento) y suministro a puntos de entrega con recargo, distintos de los que estuviesen obligatoriamente adscritos, conductas constitutivas, respectivamente, de una infracción muy grave y de infracción grave previstas en el RD 2738/1986, de 12 de diciembre, por el que se regulan las actividades de importación y comercio de mayoristas y minoristas de labores. La STSJ de Madrid de 15 de febrero de 2001 desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra dicha resolución por entender que no se vulneraban, como alegaba el recurrente, los principios de reserva de ley y tipicidad sancionadora [...]

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I. RESERVA DE LEY
1. Reserva de ley y relaciones especiales de sujeción
II. APLICACIÓN RETROACTIVA DE LAS NORMAS SANCIONADORAS FAVORABLES
III. PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y DETERMINACIÓN DE LA SANCIÓN COMO ACTIVIDAD REGLADA
IV. PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES
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