Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sanciones administrativas: Principio de retroactividad. Infracción continuada y non bis in idem. Procedimiento sancionador. Atenuantes y agravantes. Sanciones

por Cano Campos, Tomás

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2006
Ver otros artículos del mismo número: 13

La entidad recurrente entendía que los hechos sujetos a licencia o autorización administrativa se produjeron antes que la Ley que los sanciona (Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Islas Baleares [Ref. Iustel: §0015322]), pues el establecimiento de la que es titular fue construido e inició su actividad antes de que la multipropiedad tuviera la consideración de actividad turística regulada. El TS, en su sentencia de 6 de marzo de 2006, ponente Lucas Murillo de la Cueva, (Ref. Iustel: §248739), considera por el contrario que “los hechos que considera se constataron el 17 de agosto de 2001, cuando llevaba tiempo en vigor la Ley autonómica 2/1999 en cuya virtud se dictó ese acuerdo. Hechos que consistían en que HAPIMAG, sin permiso o autorización administrativa, había construido y explotaba 122 unidades de alojamiento más de las que tenía autorizadas, lo que no ha sido negado por la recurrente, y que alojaba más clientes de los permitidos, extremo tampoco rechazado por la actora. Y los preceptos que han sido aplicados del artículo 73 a) y b) de la Ley 2/1999, según se puede comprobar, castigan el ejercicio sin autorización administrativa de cualquier actividad que la precise y la realización no autorizada de obras de construcción en las estructuras del establecimiento que impliquen su modificación sustancial en lo que se refiere a calidad, número de plazas, condiciones determinantes en la clasificación o capacidad” [...]

Tabla de Contenidos

I. PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD
1. Inexistencia de retroactividad
II. INFRACCIÓN CONTINUADA Y NON BIS IN IDEM
1. Pluralidad de hechos y requisitos de las infracciones permanentes y continuadas
III. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
1. Legitimación del denunciante
2. Prueba
2.1. Prueba de cargo y presunción de veracidad de determinados documentos públicos
2.2. Prohibición de valorar en un procedimiento administrativo sancionador pruebas obtenidas con violación de los derechos fundamentales
2.3. Derecho a la presunción de inocencia y prueba indiciaria
2.4. Denegación de pruebas e indefensión
3. Necesidad de notificación de una nueva propuesta de resolución
4. Inaplicación del plazo general de caducidad a los procedimientos sancionadores en materia de defensa de la competencia
IV. ATENUANTES Y AGRAVANTES
1. Requisitos para que opere la reincidencia
V. SANCIONES
1. No es sanción la pérdida de la condición de funcionario como consecuencia de la pena de inhabilitación


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La entidad recurrente entendía que los hechos sujetos a licencia o autorización administrativa se produjeron antes que la Ley que los sanciona (Ley 2/1999, de 24 de marzo, General Turística de las Islas Baleares [Ref. Iustel: §0015322]), pues el establecimiento de la que es titular fue construido e inició su actividad antes de que la multipropiedad tuviera la consideración de actividad turística regulada. El TS, en su sentencia de 6 de marzo de 2006, ponente Lucas Murillo de la Cueva, (Ref. Iustel: §248739), considera por el contrario que “los hechos que considera se constataron el 17 de agosto de 2001, cuando llevaba tiempo en vigor la Ley autonómica 2/1999 en cuya virtud se dictó ese acuerdo. Hechos que consistían en que HAPIMAG, sin permiso o autorización administrativa, había construido y explotaba 122 unidades de alojamiento más de las que tenía autorizadas, lo que no ha sido negado por la recurrente, y que alojaba más clientes de los permitidos, extremo tampoco rechazado por la actora. Y los preceptos que han sido aplicados del artículo 73 a) y b) de la Ley 2/1999, según se puede comprobar, castigan el ejercicio sin autorización administrativa de cualquier actividad que la precise y la realización no autorizada de obras de construcción en las estructuras del establecimiento que impliquen su modificación sustancial en lo que se refiere a calidad, número de plazas, condiciones determinantes en la clasificación o capacidad” [...]

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I. PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD
1. Inexistencia de retroactividad
II. INFRACCIÓN CONTINUADA Y NON BIS IN IDEM
1. Pluralidad de hechos y requisitos de las infracciones permanentes y continuadas
III. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
1. Legitimación del denunciante
2. Prueba
2.1. Prueba de cargo y presunción de veracidad de determinados documentos públicos
2.2. Prohibición de valorar en un procedimiento administrativo sancionador pruebas obtenidas con violación de los derechos fundamentales
2.3. Derecho a la presunción de inocencia y prueba indiciaria
2.4. Denegación de pruebas e indefensión
3. Necesidad de notificación de una nueva propuesta de resolución
4. Inaplicación del plazo general de caducidad a los procedimientos sancionadores en materia de defensa de la competencia
IV. ATENUANTES Y AGRAVANTES
1. Requisitos para que opere la reincidencia
V. SANCIONES
1. No es sanción la pérdida de la condición de funcionario como consecuencia de la pena de inhabilitación


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