Diccionario panhispánico del español jurídico

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Propuestas a las insinuaciones sugeridas por la STS sala de lo contencioso de 19/05/2015 (Rº. Ordinario 836/2012), sobre “la insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente”

por Treviño Pascual, Mariano

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2016
Ver otros artículos del mismo número: 44

La existencia de reserva de ley para regular el ejercicio del derecho al trabajo (artículo 35 CE) y que además deberá respetar su contenido esencial impide remisiones en blanco al reglamento, y reenvíos indeterminados o ambiguos que atribuyan a los titulares de la potestad reglamentaria una libertad completa o casi completa para la determinación de las causas de despido por necesidades de funcionamiento de la organización de las Administraciones Públicas, solo se deja al reglamento la formación de aspectos no esenciales, pues la regulación de las causas de despido al ser materia reservada a ley por la Constitución, obliga al legislador a regular la totalidad del núcleo de la materia.

The existence of reserve of law to regulate the exercise of the right to work (Article 35 EC) and also must respect their essential content prevents referrals blank to regulation and indeterminate or ambiguous forwarding that attribute to holders of regulatory power a complete or almost complete freedom to determine the grounds for dismissal for operational requirements of the organization of public administrations, the regulations only allowed the formation of non-essentials, for regulating the grounds for dismissal to be a matter reserved into law by the Constitution requires the legislature to regulate the entire core of the matter.

Tabla de Contenidos

I. introducción.
II. La constitución y sus referencias al derecho al trabajo.
III. Ley, principio de legalidad y reserva de ley en materia de derecho al trabajo.
IV. Singularidades respecto a la causa económica del despido por necesidades de funcionamiento de la organización de las administraciones públicas.
V. El problema del ultra vires y la “insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente”.
VI. Conclusiones.


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La existencia de reserva de ley para regular el ejercicio del derecho al trabajo (artículo 35 CE) y que además deberá respetar su contenido esencial impide remisiones en blanco al reglamento, y reenvíos indeterminados o ambiguos que atribuyan a los titulares de la potestad reglamentaria una libertad completa o casi completa para la determinación de las causas de despido por necesidades de funcionamiento de la organización de las Administraciones Públicas, solo se deja al reglamento la formación de aspectos no esenciales, pues la regulación de las causas de despido al ser materia reservada a ley por la Constitución, obliga al legislador a regular la totalidad del núcleo de la materia.

The existence of reserve of law to regulate the exercise of the right to work (Article 35 EC) and also must respect their essential content prevents referrals blank to regulation and indeterminate or ambiguous forwarding that attribute to holders of regulatory power a complete or almost complete freedom to determine the grounds for dismissal for operational requirements of the organization of public administrations, the regulations only allowed the formation of non-essentials, for regulating the grounds for dismissal to be a matter reserved into law by the Constitution requires the legislature to regulate the entire core of the matter.

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I. introducción.
II. La constitución y sus referencias al derecho al trabajo.
III. Ley, principio de legalidad y reserva de ley en materia de derecho al trabajo.
IV. Singularidades respecto a la causa económica del despido por necesidades de funcionamiento de la organización de las administraciones públicas.
V. El problema del ultra vires y la “insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente”.
VI. Conclusiones.


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