Diccionario panhispánico del español jurídico

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La reforma de la negociación colectiva: la pórroga normativa (ultraactividad) de los convenios colectivos. Urgencia de soluciones prácticas eficaces

por Salido Banús, José Luis

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2013
Ver otros artículos del mismo número: 35

La reforma de la negociación colectiva llevada a término por la Ley 3/2012, de 6 de julio y especialmente los aspectos relativos a la prórroga normativa de los convenios colectivos estatutarios, ha puesto en marcha una gran producción científica con explicación de toda clase de teorías sobre las consecuencias jurídicas de la nueva regulación , si bien la conclusión más extendida entre los tratadistas es que, como en otras ocasiones, dadas las incertidumbres generadas e interpretaciones posibles del nuevo texto, como consecuencia posiblemente de una deficiente técnica legislativa o de una teorización excesivamente simple sobre la materia, habrá que esperar a lo que decidan los tribunales de justicia, especialmente el Tribunal Supremo para que a través de su jurisprudencia casacional, poder conocer definitivamente cual es el alcance de dicha reforma. En las líneas que siguen a continuación se trata de referirse a la literalidad de las normas reformadas, pero sin dejar de lado el análisis de sus ventajas e inconvenientes, así como otros aspectos sociológicos de la meritada Reforma, para entrever como afrontar el proceso desde una perspectiva jurídica con soluciones prácticas, pues la litigiosidad, que ya ha empezado a producir las primeras sentencias , no favorece precisamente la salida de la crisis, también económica, en la que desgraciadamente estamos sumidos.

The legal reform of the collective bargaining led to term for the Law 3/2012, of July 6 and specially the aspects relative to the normative extension of the collective statutory agreements, has started a great scientific production with explanation of all kinds of theories on the juridical consequences of the new regulation, nevertheless the most extended conclusion among the academic commentators is that, as in other occasions, given the generated uncertainties and possible interpretations of the new text, possibly as a consequence of a deficient legislative construction or an excessively simple theoretical solution on the matter, there will be necessary to wait what the courts of justice decide, specially the Supreme Court, to know the scope of the above mentioned reform. This article will try to study the literality of the reformed procedure, and also its advantages and disadvantages and as well other sociological aspects of the Reform.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Cuestiones generales a modo de datos.
III. La ultraactividad de los convenios colectivos: la nueva redacción del art. 86.3 TRET.
IV. Las soluciones legales y otras convencionales.
V. Conclusiones.


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La reforma de la negociación colectiva llevada a término por la Ley 3/2012, de 6 de julio y especialmente los aspectos relativos a la prórroga normativa de los convenios colectivos estatutarios, ha puesto en marcha una gran producción científica con explicación de toda clase de teorías sobre las consecuencias jurídicas de la nueva regulación , si bien la conclusión más extendida entre los tratadistas es que, como en otras ocasiones, dadas las incertidumbres generadas e interpretaciones posibles del nuevo texto, como consecuencia posiblemente de una deficiente técnica legislativa o de una teorización excesivamente simple sobre la materia, habrá que esperar a lo que decidan los tribunales de justicia, especialmente el Tribunal Supremo para que a través de su jurisprudencia casacional, poder conocer definitivamente cual es el alcance de dicha reforma. En las líneas que siguen a continuación se trata de referirse a la literalidad de las normas reformadas, pero sin dejar de lado el análisis de sus ventajas e inconvenientes, así como otros aspectos sociológicos de la meritada Reforma, para entrever como afrontar el proceso desde una perspectiva jurídica con soluciones prácticas, pues la litigiosidad, que ya ha empezado a producir las primeras sentencias , no favorece precisamente la salida de la crisis, también económica, en la que desgraciadamente estamos sumidos.

The legal reform of the collective bargaining led to term for the Law 3/2012, of July 6 and specially the aspects relative to the normative extension of the collective statutory agreements, has started a great scientific production with explanation of all kinds of theories on the juridical consequences of the new regulation, nevertheless the most extended conclusion among the academic commentators is that, as in other occasions, given the generated uncertainties and possible interpretations of the new text, possibly as a consequence of a deficient legislative construction or an excessively simple theoretical solution on the matter, there will be necessary to wait what the courts of justice decide, specially the Supreme Court, to know the scope of the above mentioned reform. This article will try to study the literality of the reformed procedure, and also its advantages and disadvantages and as well other sociological aspects of the Reform.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Cuestiones generales a modo de datos.
III. La ultraactividad de los convenios colectivos: la nueva redacción del art. 86.3 TRET.
IV. Las soluciones legales y otras convencionales.
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