Diccionario panhispánico del español jurídico

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Urbanismo y libertad religiosa en Euskadi. La influencia de la legislación catalana en el anteproyecto de Ley de centros de culto del País Vasco

por Guardia Hernández, Juan José

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid Iustel 2013
Ver otros artículos del mismo número: 31

La Generalitat de Catalunya aprobó en 2009 la ley de centros de culto. Esta iniciativa tenía singular importancia, en la medida que pudiera influir en futuras normas análogas en otras CCAA. A finales del 2011 el Gobierno Vasco ha aprobado un anteproyecto de ley sobre los lugares de culto análogo al catalán. El estudio de sus similitudes y sus diferencias, objeto del presente trabajo, evidencian las últimas tendencias del incipiente movimiento de leyes autonómicas sobre los equipamientos de uso religioso en España.

In 2009 the local Government (Generalitat) of Catalunya passed a law regulating the place of religious worship (ley de centros de culto). This legal initiative may be very influential, insofar as it will presumably become a reference for other local governments (Comunidades Autónomas) considering to regulate the matter. At the end of 2011, the Basque Government approved a draft law with similar nature and characteristics. The aim of this study is to examine the likenesses and differences between these two legal initiatives. Our analysis makes ultimately manifest the latest trends of the emerging regional legislation to regulate the use of holy places in Spain.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN
I. DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL GOBIERNO VASCO
II. COMENTARIO AL PREÁMBULO
1. Motivación de una nueva ley: la pluralidad religiosa
2. Concepto de centro de culto
a) Inexistencia de definición legal orgánica genérica sobre lugar de culto
b) La pública concurrencia
c) Vinculación finalista de los lugares de culto
3. Estándares urbanísticos
a) Génesis de los estándares
b) Estándar urbanístico religioso
c) De la propuesta de un estándar mínimo religioso
d) Estándar mínimo religioso en la legislación catalana
4. Laicidad positiva
III. COMENTARIO AL ARTICULADO
1. Marco normativo de aplicación común
2. Principios, derechos y límites
3. Obligaciones de los poderes públicos vascos
4. Cierre, sin carácter sancionador
5. Relaciones institucionales con las confesiones religiosas: la comisión de carácter consultivo
6. Licencia municipal de apertura y uso de centros de culto
8. Protección contra la contaminación acústica
7. Condiciones materiales y técnicas sobre seguridad y salubridad
9. Expediente administrativo único
IV. REFLEXIONES FINALES
1. Falta de precisión jurídica
2. Escasa relevancia sociológica de la pluralidad religiosa en Euskadi
3. Ausencia de valoración democrática de los grupos sociales en relación con la faceta institucional de la libertad religiosa


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La Generalitat de Catalunya aprobó en 2009 la ley de centros de culto. Esta iniciativa tenía singular importancia, en la medida que pudiera influir en futuras normas análogas en otras CCAA. A finales del 2011 el Gobierno Vasco ha aprobado un anteproyecto de ley sobre los lugares de culto análogo al catalán. El estudio de sus similitudes y sus diferencias, objeto del presente trabajo, evidencian las últimas tendencias del incipiente movimiento de leyes autonómicas sobre los equipamientos de uso religioso en España.

In 2009 the local Government (Generalitat) of Catalunya passed a law regulating the place of religious worship (ley de centros de culto). This legal initiative may be very influential, insofar as it will presumably become a reference for other local governments (Comunidades Autónomas) considering to regulate the matter. At the end of 2011, the Basque Government approved a draft law with similar nature and characteristics. The aim of this study is to examine the likenesses and differences between these two legal initiatives. Our analysis makes ultimately manifest the latest trends of the emerging regional legislation to regulate the use of holy places in Spain.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN
I. DIRECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL GOBIERNO VASCO
II. COMENTARIO AL PREÁMBULO
1. Motivación de una nueva ley: la pluralidad religiosa
2. Concepto de centro de culto
a) Inexistencia de definición legal orgánica genérica sobre lugar de culto
b) La pública concurrencia
c) Vinculación finalista de los lugares de culto
3. Estándares urbanísticos
a) Génesis de los estándares
b) Estándar urbanístico religioso
c) De la propuesta de un estándar mínimo religioso
d) Estándar mínimo religioso en la legislación catalana
4. Laicidad positiva
III. COMENTARIO AL ARTICULADO
1. Marco normativo de aplicación común
2. Principios, derechos y límites
3. Obligaciones de los poderes públicos vascos
4. Cierre, sin carácter sancionador
5. Relaciones institucionales con las confesiones religiosas: la comisión de carácter consultivo
6. Licencia municipal de apertura y uso de centros de culto
8. Protección contra la contaminación acústica
7. Condiciones materiales y técnicas sobre seguridad y salubridad
9. Expediente administrativo único
IV. REFLEXIONES FINALES
1. Falta de precisión jurídica
2. Escasa relevancia sociológica de la pluralidad religiosa en Euskadi
3. Ausencia de valoración democrática de los grupos sociales en relación con la faceta institucional de la libertad religiosa


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