Diccionario panhispánico del español jurídico

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Los grupos de empresa en la jurisprudencia social

por Sánchez Pérez, Pedro

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2016
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En recientes resoluciones del Tribunal Supremo se discute si el sistema de extensión de responsabilidad que suponen los grupos de empresa determina una imputación de responsabilidad solidaria a todas las entidades que conforman el grupo, o bien una única imputación de responsabilidad a la entidad constituida por el conjunto del grupo. La figura de la unidad empresarial resultante de asumir esta última posibilidad plantea innumerables problemas desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista material. Estos problemas serán analizados en este texto, junto a otro problema no menos importante: el relativo a la distinción entre el mecanismo de extensión de responsabilidad que supone el grupo de empresas, y el levantamiento del velo mercantil asumido en la normativa laboral. Esta distinción deviene imprescindible habida cuenta de que ambos han sido utilizados indistintamente en las resoluciones judiciales para extender la responsabilidad en varios supuestos de descentralización productiva, lo que hace necesario un análisis en profundidad para determinar el ámbito de aplicación de cada uno de estos sistemas.

In recent Supreme Court decisions, one of the topics discussed is if the business group as a system to attribute responsibility determines a joint and several liability to each companies, or a single liability to the whole group. The unity of the companies as a consequence of assuming this last possibility lays out a lot of problems from the procedural scope and from the substantive scope, which will be analyzed in this text. In addition, we will try to differentiate the business group as a system to attribute responsibility, and the other one as a result of the application of the “piercing the corporate veil” doctrine in the labour regulations. This distinction becomes essential because both of them have been used indistinctly in court decisions to extend liability in decentralized production methods. This circumstance makes necessary a detailed analysis to determinate the application area of each system.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Engarce de la doctrina de los grupos de empresa con el concepto de empleador (artículo 1.2 ET).
III. El complemento para la búsqueda del auténtico empleador: el levantamiento del velo en el orden jurisdiccional social.
IV. Presupuesto determinante de la aplicación de la doctrina del levantamiento del velo referente al grupo de empresas.
V. Consecuencias jurídicas (i): sobre el alcance de la declaración de unidad en la determinación del verdadero empleador.
VI. Consecuencias jurídicas (ii): dificultades procesales derivadas del concepto del grupo de empresas (capacidad procesal y litisconsorcio pasivo).
VII. Consecuencias jurídicas (iii): Derecho de huelga en el grupo de empresas. Sobre los casos “Grupo Prisa” y “Grupo Coca-Cola”.
VIII. Consecuencias jurídicas (iv): Legitimación para instar el procedimiento de despido colectivo y ámbito de negociación del mismo.
IX. Conclusiones.
X. Bibliografía.


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En recientes resoluciones del Tribunal Supremo se discute si el sistema de extensión de responsabilidad que suponen los grupos de empresa determina una imputación de responsabilidad solidaria a todas las entidades que conforman el grupo, o bien una única imputación de responsabilidad a la entidad constituida por el conjunto del grupo. La figura de la unidad empresarial resultante de asumir esta última posibilidad plantea innumerables problemas desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista material. Estos problemas serán analizados en este texto, junto a otro problema no menos importante: el relativo a la distinción entre el mecanismo de extensión de responsabilidad que supone el grupo de empresas, y el levantamiento del velo mercantil asumido en la normativa laboral. Esta distinción deviene imprescindible habida cuenta de que ambos han sido utilizados indistintamente en las resoluciones judiciales para extender la responsabilidad en varios supuestos de descentralización productiva, lo que hace necesario un análisis en profundidad para determinar el ámbito de aplicación de cada uno de estos sistemas.

In recent Supreme Court decisions, one of the topics discussed is if the business group as a system to attribute responsibility determines a joint and several liability to each companies, or a single liability to the whole group. The unity of the companies as a consequence of assuming this last possibility lays out a lot of problems from the procedural scope and from the substantive scope, which will be analyzed in this text. In addition, we will try to differentiate the business group as a system to attribute responsibility, and the other one as a result of the application of the “piercing the corporate veil” doctrine in the labour regulations. This distinction becomes essential because both of them have been used indistinctly in court decisions to extend liability in decentralized production methods. This circumstance makes necessary a detailed analysis to determinate the application area of each system.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Engarce de la doctrina de los grupos de empresa con el concepto de empleador (artículo 1.2 ET).
III. El complemento para la búsqueda del auténtico empleador: el levantamiento del velo en el orden jurisdiccional social.
IV. Presupuesto determinante de la aplicación de la doctrina del levantamiento del velo referente al grupo de empresas.
V. Consecuencias jurídicas (i): sobre el alcance de la declaración de unidad en la determinación del verdadero empleador.
VI. Consecuencias jurídicas (ii): dificultades procesales derivadas del concepto del grupo de empresas (capacidad procesal y litisconsorcio pasivo).
VII. Consecuencias jurídicas (iii): Derecho de huelga en el grupo de empresas. Sobre los casos “Grupo Prisa” y “Grupo Coca-Cola”.
VIII. Consecuencias jurídicas (iv): Legitimación para instar el procedimiento de despido colectivo y ámbito de negociación del mismo.
IX. Conclusiones.
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