Diccionario panhispánico del español jurídico

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Jurisprudencia comunitaria y ordenamiento laboral español. Comentario a seis ejemplos y algunas reflexiones

por García Murcia, Joaquín

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2005
Ver otros artículos del mismo número: 8

Ninguna novedad supone a estas alturas decir que el ordenamiento laboral español de nuestros días está fuertemente influido por el Derecho social comunitario. Tampoco se descubre nada al advertir que buena parte de esa influencia se debe a la labor sostenida del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), cuya jurisprudencia ha contribuido de manera muy notable a la tarea de acomodación entre las directrices y principios comunitarios y el devenir de nuestro sistema, unas veces mediante su cometido general de fijación de criterios interpretativos a propósito del significado y alcance de la norma comunitaria, otras veces mediante la respuesta directa a las dudas planteadas por nuestros tribunales, y otras, en fin, mediante la supervisión de la actividad legislativa de trasposición de las directrices comunitarias al ordenamiento español. En todo caso, lo que ha supuesto y lo que pueda suponer con el paso del tiempo la jurisprudencia comunitaria para la configuración de nuestro Derecho laboral es algo que sólo podrá saberse tras un balance mucho más completo y concienzudo, en el que se habrían de tener a la vista, no sólo los pronunciamientos del TJCE en los que, de modo más o menos directo, haya estado presente la realidad normativa española, sino también aquellos otros de los que se derive alguna clase de diagnóstico o de prescripción para la construcción o la revisión de nuestro sistema legal; un balance, en definitiva, de amplios horizontes y con multitud de perspectivas, abierto por supuesto a sus indicaciones directas pero también a las corrientes subterráneas de la jurisprudencia comunitaria, única manera de obtener conclusiones de una mínima firmeza para esa

Tabla de Contenidos

I. Influencia del derecho comunitario en el ordenamiento español.
II. La sentencia Abrahamson: una vertiente del principio de igualdad y no discriminación inexplorada en España.
III. La sentencia Simap: las dificultades de ordenación del tiempo de trabajo en ciertas actividades de nuestro sistema sanitario.
IV. La sentencia Kampelmann: reglas de alto voltaje para una realidad despreocupada (o la relativa importancia de las innovaciones normativas).
V. La sentencia Katsikas: un nuevo frente para un contexto de cierta tensión (el papel del individuo en los supuestos de cambio de titularidad de la empresa).
VI. La sentencia Vander-Elst: la imparable construcción de un espacio único para la actividad productiva que también afecta a España.
VII. La sentencia España/Finlandia contra Europa: ¿hacia una progresiva ordenación del trabajo autónomo?


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Ninguna novedad supone a estas alturas decir que el ordenamiento laboral español de nuestros días está fuertemente influido por el Derecho social comunitario. Tampoco se descubre nada al advertir que buena parte de esa influencia se debe a la labor sostenida del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), cuya jurisprudencia ha contribuido de manera muy notable a la tarea de acomodación entre las directrices y principios comunitarios y el devenir de nuestro sistema, unas veces mediante su cometido general de fijación de criterios interpretativos a propósito del significado y alcance de la norma comunitaria, otras veces mediante la respuesta directa a las dudas planteadas por nuestros tribunales, y otras, en fin, mediante la supervisión de la actividad legislativa de trasposición de las directrices comunitarias al ordenamiento español. En todo caso, lo que ha supuesto y lo que pueda suponer con el paso del tiempo la jurisprudencia comunitaria para la configuración de nuestro Derecho laboral es algo que sólo podrá saberse tras un balance mucho más completo y concienzudo, en el que se habrían de tener a la vista, no sólo los pronunciamientos del TJCE en los que, de modo más o menos directo, haya estado presente la realidad normativa española, sino también aquellos otros de los que se derive alguna clase de diagnóstico o de prescripción para la construcción o la revisión de nuestro sistema legal; un balance, en definitiva, de amplios horizontes y con multitud de perspectivas, abierto por supuesto a sus indicaciones directas pero también a las corrientes subterráneas de la jurisprudencia comunitaria, única manera de obtener conclusiones de una mínima firmeza para esa

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I. Influencia del derecho comunitario en el ordenamiento español.
II. La sentencia Abrahamson: una vertiente del principio de igualdad y no discriminación inexplorada en España.
III. La sentencia Simap: las dificultades de ordenación del tiempo de trabajo en ciertas actividades de nuestro sistema sanitario.
IV. La sentencia Kampelmann: reglas de alto voltaje para una realidad despreocupada (o la relativa importancia de las innovaciones normativas).
V. La sentencia Katsikas: un nuevo frente para un contexto de cierta tensión (el papel del individuo en los supuestos de cambio de titularidad de la empresa).
VI. La sentencia Vander-Elst: la imparable construcción de un espacio único para la actividad productiva que también afecta a España.
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