Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sucesión empresarial regulada en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Despido objetivo de los trabajadores subrogados por la empresa cesionaria, inmediatamente poserior a tal sucesión de empresas y fundamentado en causas organizativas o de producción

por Sánchez Peña, Isabel

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 45

En la práctica jurídica suele plantearse el supuesto en que: tras una sucesión de empresas, regulada en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la empresa cesionaria (o entrante en el servicio o negocio que implique “el cambio de titularidad En la práctica jurídica suele plantearse el supuesto en que: tras una sucesión de empresas, regulada en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la empresa cesionaria (o entrante en el servicio o negocio que implique “el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma” objeto de subrogación) proceda, en los meses inmediatamente posteriores a tal sucesión empresarial, al despido de parte de los trabajadores que fueron objeto de subrogación, fundamentando causas objetivas (en particular causas organizativas o de producción) de los artículos 51.1 y 52
c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En tales supuestos, se cuestiona: si tal despido es viable o si, por el contrario, supone una vulneración del “principio de estabilidad en el empleo” que el citado artículo 44 se pretende garantizar, siendo en tal caso la empresa cesionaria responsable de un despido improcedente.

In legal practice, the assumption is usually made that: after a succession of companies, regulated in article 44 of the consolidated text of the Statute of Workers, the transferee company (or entering into the service or business that implies "change Owned by a company, a work center or an autonomous production unit "subject to subrogation) should proceed, in the months immediately following such business succession, to the dismissal of part of the workers who were subrogated, based on objective causes (In particular organizational or production causes) of Articles 51 (1) and 52 (c) of the consolidated text of the Workers' Statute. In such cases, it is questioned whether such a dismissal is viable or if, on the contrary, it constitutes a breach of the "principle of stability in employment" which Article 44 is intended to guarantee, in which case the transferee undertaking is responsible for a Unfair dismissal

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. “Principio de estabilidad en el empleo” que se pretende garantizar con el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
III. Despido objetivo del trabajador subrogado, fundamentado en causas organizativas o de producción, inmediatamente posterior a la sucesión empresarial.
IV. Conclusiones.


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En la práctica jurídica suele plantearse el supuesto en que: tras una sucesión de empresas, regulada en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la empresa cesionaria (o entrante en el servicio o negocio que implique “el cambio de titularidad En la práctica jurídica suele plantearse el supuesto en que: tras una sucesión de empresas, regulada en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la empresa cesionaria (o entrante en el servicio o negocio que implique “el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma” objeto de subrogación) proceda, en los meses inmediatamente posteriores a tal sucesión empresarial, al despido de parte de los trabajadores que fueron objeto de subrogación, fundamentando causas objetivas (en particular causas organizativas o de producción) de los artículos 51.1 y 52
c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En tales supuestos, se cuestiona: si tal despido es viable o si, por el contrario, supone una vulneración del “principio de estabilidad en el empleo” que el citado artículo 44 se pretende garantizar, siendo en tal caso la empresa cesionaria responsable de un despido improcedente.

In legal practice, the assumption is usually made that: after a succession of companies, regulated in article 44 of the consolidated text of the Statute of Workers, the transferee company (or entering into the service or business that implies "change Owned by a company, a work center or an autonomous production unit "subject to subrogation) should proceed, in the months immediately following such business succession, to the dismissal of part of the workers who were subrogated, based on objective causes (In particular organizational or production causes) of Articles 51 (1) and 52 (c) of the consolidated text of the Workers' Statute. In such cases, it is questioned whether such a dismissal is viable or if, on the contrary, it constitutes a breach of the "principle of stability in employment" which Article 44 is intended to guarantee, in which case the transferee undertaking is responsible for a Unfair dismissal

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. “Principio de estabilidad en el empleo” que se pretende garantizar con el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
III. Despido objetivo del trabajador subrogado, fundamentado en causas organizativas o de producción, inmediatamente posterior a la sucesión empresarial.
IV. Conclusiones.


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