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Procedencia de la baja por agotamiento del plazo máximo de la situación de incapacidad temporal en el régimen especial agrario de trabajadores por cuenta propia. Transposición de la doctrina unificada para el régimen especial de trabajadores autónomos. Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de noviembre de 2004
Es objeto del presente comentario la doctrina contenida en la sentencia de 17 de noviembre de 2004 de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, dictada en Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social. El fallo de la misma es objeto de corrección por error material mediante Auto de 2 de marzo de 2005
I. Planteamiento de la cuestión.
II. La situación de incapacidad temporal en el régimen especial agrario de trabajadores por cuenta propia.
III. Doctrina unificada sobre la baja dada tras el agotamiento de la situación de incapacidad temporal en el régimen especial de trabajadores autónomos.
IV. Transposición de la doctrina unificada para el régimen especial de trabajadores autónomos al régimen especial agrario.
V. Valoración final.
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Es objeto del presente comentario la doctrina contenida en la sentencia de 17 de noviembre de 2004 de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, dictada en Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la Tesorería General de la Seguridad Social. El fallo de la misma es objeto de corrección por error material mediante Auto de 2 de marzo de 2005
I. Planteamiento de la cuestión.
II. La situación de incapacidad temporal en el régimen especial agrario de trabajadores por cuenta propia.
III. Doctrina unificada sobre la baja dada tras el agotamiento de la situación de incapacidad temporal en el régimen especial de trabajadores autónomos.
IV. Transposición de la doctrina unificada para el régimen especial de trabajadores autónomos al régimen especial agrario.
V. Valoración final.