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País Vasco - Decreto 429/2013 de 16 de octubre, de segunda modificación del Decreto por el que se establece el currículo de Bachillerato y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que las Comunidades Autónomas deben establecer el currículo de las enseñanzas reguladas en la misma. El Estatuto de Autonomía del País Vasco atribuye la competencia propia sobre la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades a la Comunidad Autónoma del País Vasco. En uso de dicha competencia, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación (en la actualidad Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura) aprobó el currículo correspondiente al Bachillerato para la Comunidad Autónoma del País Vasco y publicó el Decreto 23/2009, de 3 de febrero, por el que se establece el currículo de Bachillerato y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV del 27 de febrero) [...]
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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que las Comunidades Autónomas deben establecer el currículo de las enseñanzas reguladas en la misma. El Estatuto de Autonomía del País Vasco atribuye la competencia propia sobre la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades a la Comunidad Autónoma del País Vasco. En uso de dicha competencia, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación (en la actualidad Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura) aprobó el currículo correspondiente al Bachillerato para la Comunidad Autónoma del País Vasco y publicó el Decreto 23/2009, de 3 de febrero, por el que se establece el currículo de Bachillerato y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV del 27 de febrero) [...]