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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 12 de mayo de 2011 (rec. 53/2010, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8ª). Denegación de derecho a cursar la asignatura de Educación para la Ciudadanía “sin adoctrinamiento” en razón de que el Tribunal Supremo no admite la objeción de conciencia en materia educativa
VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 53/2010, interpuesto -en escrito presentado el día 21 de enero de 2010- por la Procuradora Dña. Mª Belén San Román López, actuando en nombre y representación de D. Hernan, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Becas y Ayudas a la Educación de la CAM de 16 de noviembre de 2009, por la que se ordena al Centro Educativo "EL CARMELO TERESIANO" de Madrid (en el que su hijo Lucas cursa 5º de Primaria) para que sus alumnos cursen Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos "sin adoctrinamiento" en razón de que el Tribunal Supremo no admite la objeción de conciencia en materia educativa [...]
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VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso- administrativo nº 53/2010, interpuesto -en escrito presentado el día 21 de enero de 2010- por la Procuradora Dña. Mª Belén San Román López, actuando en nombre y representación de D. Hernan, contra la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Becas y Ayudas a la Educación de la CAM de 16 de noviembre de 2009, por la que se ordena al Centro Educativo "EL CARMELO TERESIANO" de Madrid (en el que su hijo Lucas cursa 5º de Primaria) para que sus alumnos cursen Educación para la Ciudadanía y los derechos humanos "sin adoctrinamiento" en razón de que el Tribunal Supremo no admite la objeción de conciencia en materia educativa [...]