Diccionario panhispánico del español jurídico

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Dimensión colectiva del derecho de libertad religiosa en los centros docentes públicos: la designación de los profesores de religión

por López-Sidro López, Ángel

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid Iustel 2007
Ver otros artículos del mismo número: 14

El ámbito educativo es lugar donde confluyen diversos derechos que atañen a la religión y la enseñanza. La asignatura de religión católica en centros docentes públicos exige la propuesta de un profesorado por parte de la Iglesia, que debe reunir unos requisitos de idoneidad tanto por el bien del derecho de los padres a elegir la formación religiosa que quieren para sus hijos, como por el propio derecho de la Iglesia a divulgar su credo mediante la enseñanza. La reciente sentencia del Tribunal Constitucional español de 15 de febrero de 2007 reconoce los derechos de la Iglesia en el nombramiento de sus profesores y afirma que el sistema jurídico vigente respeta los principios de neutralidad y cooperación. Destaca que este reconocimiento se hace desde la dimensión colectiva del derecho de libertad religiosa y no sólo en garantía del derecho de los padres.

The field of education is a place where diverse rights concerning religion and education come together. The subject of the Catholic Religion in public schools demands the proposal of teachers on the part of the Church, which must meet requirements of suitability both for the good of the parents’ right to choose the religious formation they wish for their children and for the own right of the Church to spread his creed through education. The recent sentence of the Spanish Constitutional Court of the 15th February 2007 recognizes the rights of the Church in the appointment of its professors and affirms that the effective legal system respects the principles of neutrality and cooperation. It emphasizes that this recognition becomes from the collective dimension of the right of religious freedom and not only in guarantee of the parents’ right.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. RECONOCIMIENTO DEL DERECHO COLECTIVO DE LIBERTAD RELIGIOSA
1. Un apunte sobre la teoría de los derechos colectivos
2. La titularidad colectiva del derecho de libertad religiosa: legislación, jurisprudencia, doctrina
III. LA LIBERTAD RELIGIOSA DE LA IGLESIA EN EL ÁMBITO ESCOLAR PÚBLICO
1. La Iglesia y la enseñanza: doctrina y autonomía
2. La Sentencia del Tribunal Constitucional 38/2007, de 15 de febrero de 2007, y el derecho colectivo de libertad religiosa
IV. ARMONIZACIÓN DE LOS DERECHOS Y LOS PRINCIPIOS EN JUEGO
1. Relación entre el derecho colectivo de la Iglesia y el derecho individual de los padres
2. Posible conflicto entre los derechos del profesor y los de otros sujetos presentes en este ámbito
3. Armonización entre los principios de Derecho eclesiástico del Estado presentes en este caso
V. CONCLUSIÓN


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El ámbito educativo es lugar donde confluyen diversos derechos que atañen a la religión y la enseñanza. La asignatura de religión católica en centros docentes públicos exige la propuesta de un profesorado por parte de la Iglesia, que debe reunir unos requisitos de idoneidad tanto por el bien del derecho de los padres a elegir la formación religiosa que quieren para sus hijos, como por el propio derecho de la Iglesia a divulgar su credo mediante la enseñanza. La reciente sentencia del Tribunal Constitucional español de 15 de febrero de 2007 reconoce los derechos de la Iglesia en el nombramiento de sus profesores y afirma que el sistema jurídico vigente respeta los principios de neutralidad y cooperación. Destaca que este reconocimiento se hace desde la dimensión colectiva del derecho de libertad religiosa y no sólo en garantía del derecho de los padres.

The field of education is a place where diverse rights concerning religion and education come together. The subject of the Catholic Religion in public schools demands the proposal of teachers on the part of the Church, which must meet requirements of suitability both for the good of the parents’ right to choose the religious formation they wish for their children and for the own right of the Church to spread his creed through education. The recent sentence of the Spanish Constitutional Court of the 15th February 2007 recognizes the rights of the Church in the appointment of its professors and affirms that the effective legal system respects the principles of neutrality and cooperation. It emphasizes that this recognition becomes from the collective dimension of the right of religious freedom and not only in guarantee of the parents’ right.

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I. INTRODUCCIÓN
II. RECONOCIMIENTO DEL DERECHO COLECTIVO DE LIBERTAD RELIGIOSA
1. Un apunte sobre la teoría de los derechos colectivos
2. La titularidad colectiva del derecho de libertad religiosa: legislación, jurisprudencia, doctrina
III. LA LIBERTAD RELIGIOSA DE LA IGLESIA EN EL ÁMBITO ESCOLAR PÚBLICO
1. La Iglesia y la enseñanza: doctrina y autonomía
2. La Sentencia del Tribunal Constitucional 38/2007, de 15 de febrero de 2007, y el derecho colectivo de libertad religiosa
IV. ARMONIZACIÓN DE LOS DERECHOS Y LOS PRINCIPIOS EN JUEGO
1. Relación entre el derecho colectivo de la Iglesia y el derecho individual de los padres
2. Posible conflicto entre los derechos del profesor y los de otros sujetos presentes en este ámbito
3. Armonización entre los principios de Derecho eclesiástico del Estado presentes en este caso
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