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La asignación tributaria a la Iglesia en España ante el Derecho comparado
Ante el "Intercambio de Notas Nunciatura-Ministerio AEC (de 22.12.6) para fijar la asignación tributaria a la Iglesia" realizado el 22 de diciembre de 2006, queremos exponer sus disposiciones per summa capita (I parte), y a seguido yuxtaponerlas sencillamente ante el derecho comparado (II parte), para que así aparezca mejor clarificado cuál es su aportación al derecho comparado en general.
I. EL “INTERCAMBIO DE NOTAS NUNCIATURA-MINISTERIO AEC (DE 22.12.6) PARA FIJAR LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA A LA IGLESIA”
1. El contenido
2. La forma diplomática elegida
3. La entrada en vigor
II. DERECHO COMPARADO
1. Países [europeos] germánicos
2. Estados europeos no germánicos
3. Estados hispano-americanos.
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Ante el "Intercambio de Notas Nunciatura-Ministerio AEC (de 22.12.6) para fijar la asignación tributaria a la Iglesia" realizado el 22 de diciembre de 2006, queremos exponer sus disposiciones per summa capita (I parte), y a seguido yuxtaponerlas sencillamente ante el derecho comparado (II parte), para que así aparezca mejor clarificado cuál es su aportación al derecho comparado en general.
I. EL “INTERCAMBIO DE NOTAS NUNCIATURA-MINISTERIO AEC (DE 22.12.6) PARA FIJAR LA ASIGNACIÓN TRIBUTARIA A LA IGLESIA”
1. El contenido
2. La forma diplomática elegida
3. La entrada en vigor
II. DERECHO COMPARADO
1. Países [europeos] germánicos
2. Estados europeos no germánicos
3. Estados hispano-americanos.