Diccionario panhispánico del español jurídico

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Auto del Tribunal Constitucional de 16 de enero de 2008 (Cuestión de inconstitucionalidad 7796/2008, Pleno). Matrimonio entre personas del mismo sexo. El juez encargado del Registro Civil no ejerce función jurisdiccional ni puede promover una cuestión de inconstitucionalidad. Inadmisión a trámite

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid Iustel 2008
Ver otros artículos del mismo número: 17

El día 4 de octubre de 2007 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal un escrito del Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 y encargado del Registro Civil de Cieza (Murcia), al que se acompaña, junto al testimonio del expediente matrimonial núm. 102-2007, el Auto de 28 de septiembre de 2007, por el que se acuerda plantear cuestión de constitucionalidad en relación con el art. 44, párrafo segundo, del Código civil, en la redacción dada por la Ley 13/2005, de 1 de julio, por su posible contradicción con los arts. 14, 16 y 32 CE [...]


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El día 4 de octubre de 2007 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal un escrito del Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 y encargado del Registro Civil de Cieza (Murcia), al que se acompaña, junto al testimonio del expediente matrimonial núm. 102-2007, el Auto de 28 de septiembre de 2007, por el que se acuerda plantear cuestión de constitucionalidad en relación con el art. 44, párrafo segundo, del Código civil, en la redacción dada por la Ley 13/2005, de 1 de julio, por su posible contradicción con los arts. 14, 16 y 32 CE [...]


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