Diccionario panhispánico del español jurídico

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El principio ‘in dubio pro reo’ en el derecho penal canónico. La permanente actualidad de una antigua regla jurídica

por Sánchez Gil, Antonio

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid Iustel 2004
Ver otros artículos del mismo número: 5

A propósito del principio in dubio pro reo es frecuente recordar una célebre respuesta del Emperador Juliano, mientras desarrollaba la función de Juez, ante una acusación mal fundamentada. Se cuenta que Delfino, "oratore abilissimo" que sostenía la acusación y acosaba al imputado porque se limitaba a negar sin ofrecer pruebas de su inocencia, planteó al Emperador esta pregunta: ¿Quién podrá ser culpable si bastara negarlo? Juliano respondió: ¿Y quién podrá ser inocente si bastara con una acusación? Evidentemente no se debe atribuir a este episodio el origen del principio del in dubio pro reo ni de la "presunción de inocencia" pero la anécdota resulta ilustrativa de cómo estuvieron radicados en la mentalidad romana tales principios jurídicos, incluso en los momentos de decadencia de finales del siglo IV descritos por Marcelino [...]

Tabla de Contenidos

I. LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO PENAL
II. LA RELEVANCIA DE LOS PRINCIPIOS PRO REO EN EL DERECHO PENAL CANÓNICO
1. Su vigencia en el derecho de la Iglesia a pesar de la falta de una explícita formalización en la legislación canónica
2. La presencia de ambos principios en las disposiciones que regulan el proceso penal canónico
III. LA FUNCIÓN INFORMADORA DEL PRINCIPIO IN DUBIO PRO REO EN LA ELABORACIÓN DE LAS ESSENTIAL NORMS DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN MATERIA DE ABUSOS SEXUALES DE MENORES POR PARTE DE PRESBÍTEROS O DIÁCONOS


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A propósito del principio in dubio pro reo es frecuente recordar una célebre respuesta del Emperador Juliano, mientras desarrollaba la función de Juez, ante una acusación mal fundamentada. Se cuenta que Delfino, "oratore abilissimo" que sostenía la acusación y acosaba al imputado porque se limitaba a negar sin ofrecer pruebas de su inocencia, planteó al Emperador esta pregunta: ¿Quién podrá ser culpable si bastara negarlo? Juliano respondió: ¿Y quién podrá ser inocente si bastara con una acusación? Evidentemente no se debe atribuir a este episodio el origen del principio del in dubio pro reo ni de la "presunción de inocencia" pero la anécdota resulta ilustrativa de cómo estuvieron radicados en la mentalidad romana tales principios jurídicos, incluso en los momentos de decadencia de finales del siglo IV descritos por Marcelino [...]

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I. LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO PENAL
II. LA RELEVANCIA DE LOS PRINCIPIOS PRO REO EN EL DERECHO PENAL CANÓNICO
1. Su vigencia en el derecho de la Iglesia a pesar de la falta de una explícita formalización en la legislación canónica
2. La presencia de ambos principios en las disposiciones que regulan el proceso penal canónico
III. LA FUNCIÓN INFORMADORA DEL PRINCIPIO IN DUBIO PRO REO EN LA ELABORACIÓN DE LAS ESSENTIAL NORMS DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL DE LOS ESTADOS UNIDOS EN MATERIA DE ABUSOS SEXUALES DE MENORES POR PARTE DE PRESBÍTEROS O DIÁCONOS


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