Diccionario panhispánico del español jurídico

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Derecho de Defensa e Intervención de las Comunicaciones de los Abogados

por Noya Ferreiro, María Lourdes

Libro
ISBN: 9788491695615
Valencia Tirant lo Blanch 2018

El derecho de defensa constituye el bastión infranqueable que debe imperar en un Estado de Derecho, su respeto y protección han de guiar al legislador cuando aborda la regulación de las medidas de investigación penal. Pese a la modifi cación del art. 118 de la Ley procesal penal y de una alusión general a la confi dencialidad de las comunicaciones abogadocliente, resulta sorprendente que el nuevo régimen jurídico de las medidas de investigación desarrollado por la LO 13/2015, de 5 de octubre, para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, no recoja de forma expresa los requisitos, condiciones y efectos de la intervención de las comunicaciones de los abogados, que precisamente por su incidencia en el derecho de defensa aconsejan una regulación específi ca. Es evidente que la condición de abogado no es sufi ciente para eludir la imputación en un proceso penal, pero también resulta obvio que es esa condición de defensor y de garante de los derechos de los imputados, la que va a determinar que en una situación de imputación la adopción de este tipo de medidas deba revestirse de una mayor cautela que preserve un derecho de importancia capital en el proceso penal. Precisamente esta carencia legislativa es la que ha propiciado este estudio, en un intento de realizar un análisis del régimen jurídico de estas medidas y de los requisitos y efectos de su adopción.

Tabla de Contenidos

CAPÍTULO PRIMERO
EL DERECHO DE DEFENSA Y EL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
1. Breves apuntes sobre los derechos fundamentales en la constitución de 1978
2. El derecho de defensa. Consideraciones generales
3. Contenido del derecho de defensa
A) Delimitación de su contenido
B) El derecho a ser informado de la acusación
a) Sujetos activos y pasivos del derecho
b) Contenido y tiempo de la información
c) Derecho a ser informado de la acusación y secreto del sumario
C) El derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable
D) El derecho a la asistencia letrada
4. Derecho de defensa y relación de confianza abogado/cliente. El secreto profesional del abogado
5. El derecho al secreto de las comunicaciones y su limitación
A) El derecho al secreto de las comunicaciones
B) Limitación del derecho al secreto de las comunicaciones
C) La medida de intervención de las comunicaciones personales: concepto y presupuestos para su adopción
6. La Ley 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica. Una referencia obligada
A) El principio de proporcionalidad y el contenido de la resolución judicial autorizante
B) El control judicial de la medida
C) Dos novedades del procedimiento: el informe preceptivo del Ministerio Fiscal y la declaración automática del secreto de la medida
CAPÍTULO SEGUNDO
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS PRESOS Y LA INTERVENCIÓN DE SUS COMUNICACIONES
1. Los derechos fundamentales de los presos y el secreto de sus comunicaciones
A) Los derechos fundamentales de los presos. Notas introductorias
B) El derecho al secreto de las comunicaciones de las personas privadas de libertad
a) Las comunicaciones de los internos en los establecimientos penitenciarios. Tipos de comunicaciones
b) Comunicaciones orales
c) Comunicaciones escritas
d) Comunicaciones telefónicas
e) Comunicaciones con los abogados y procuradores
2. La medida de intervención de las comunicaciones en el ámbito penitenciario. Régimen general
A) Consideraciones generales
B) Requisitos de la medida
a) Acuerdo motivado del director del centro
b) Notificación de la medida al interno y dación de cuenta a la autoridad judicial
CAPÍTULO TERCERO
LA INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ABOGADOS
1. La confidencialidad de las comunicaciones con los abogados y la ausencia de regulación específica de la medida en la Ley Procesal Penal
A) La confidencialidad de las comunicaciones con los abogados prevista en el art. 118.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
B) La ausencia de regulación específica de la medida en la Ley procesal penal
2. Supuestos de intervención de las comunicaciones de los abogados. Régimen general
A) Intervención de las comunicaciones del sujeto que no ha adquirido la condición de investigado
B) Intervención de las comunicaciones del sujeto investigado que se encuentra en libertad
C) Intervención de las comunicaciones del abogado investigado
3. Intervención de las comunicaciones con los abogados en el ámbito penitenciario
A) La protección de las comunicaciones del interno con el abogado defensor o el llamado para asuntos penales
B) Posición del Tribunal Constitucional
C) Requisitos específicos de la intervención en el art. 51.2 LOGP
a) Exigencia de autorización judicial
b) Motivación y proporcionalidad de la medida
c) Ámbito delimitado de aplicación. Supuestos de terrorismo


  • Formato: DIGITAL
  • Número de páginas: 186

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El derecho de defensa constituye el bastión infranqueable que debe imperar en un Estado de Derecho, su respeto y protección han de guiar al legislador cuando aborda la regulación de las medidas de investigación penal. Pese a la modifi cación del art. 118 de la Ley procesal penal y de una alusión general a la confi dencialidad de las comunicaciones abogadocliente, resulta sorprendente que el nuevo régimen jurídico de las medidas de investigación desarrollado por la LO 13/2015, de 5 de octubre, para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, no recoja de forma expresa los requisitos, condiciones y efectos de la intervención de las comunicaciones de los abogados, que precisamente por su incidencia en el derecho de defensa aconsejan una regulación específi ca. Es evidente que la condición de abogado no es sufi ciente para eludir la imputación en un proceso penal, pero también resulta obvio que es esa condición de defensor y de garante de los derechos de los imputados, la que va a determinar que en una situación de imputación la adopción de este tipo de medidas deba revestirse de una mayor cautela que preserve un derecho de importancia capital en el proceso penal. Precisamente esta carencia legislativa es la que ha propiciado este estudio, en un intento de realizar un análisis del régimen jurídico de estas medidas y de los requisitos y efectos de su adopción.

Tabla de Contenidos

CAPÍTULO PRIMERO
EL DERECHO DE DEFENSA Y EL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
1. Breves apuntes sobre los derechos fundamentales en la constitución de 1978
2. El derecho de defensa. Consideraciones generales
3. Contenido del derecho de defensa
A) Delimitación de su contenido
B) El derecho a ser informado de la acusación
a) Sujetos activos y pasivos del derecho
b) Contenido y tiempo de la información
c) Derecho a ser informado de la acusación y secreto del sumario
C) El derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable
D) El derecho a la asistencia letrada
4. Derecho de defensa y relación de confianza abogado/cliente. El secreto profesional del abogado
5. El derecho al secreto de las comunicaciones y su limitación
A) El derecho al secreto de las comunicaciones
B) Limitación del derecho al secreto de las comunicaciones
C) La medida de intervención de las comunicaciones personales: concepto y presupuestos para su adopción
6. La Ley 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica. Una referencia obligada
A) El principio de proporcionalidad y el contenido de la resolución judicial autorizante
B) El control judicial de la medida
C) Dos novedades del procedimiento: el informe preceptivo del Ministerio Fiscal y la declaración automática del secreto de la medida
CAPÍTULO SEGUNDO
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS PRESOS Y LA INTERVENCIÓN DE SUS COMUNICACIONES
1. Los derechos fundamentales de los presos y el secreto de sus comunicaciones
A) Los derechos fundamentales de los presos. Notas introductorias
B) El derecho al secreto de las comunicaciones de las personas privadas de libertad
a) Las comunicaciones de los internos en los establecimientos penitenciarios. Tipos de comunicaciones
b) Comunicaciones orales
c) Comunicaciones escritas
d) Comunicaciones telefónicas
e) Comunicaciones con los abogados y procuradores
2. La medida de intervención de las comunicaciones en el ámbito penitenciario. Régimen general
A) Consideraciones generales
B) Requisitos de la medida
a) Acuerdo motivado del director del centro
b) Notificación de la medida al interno y dación de cuenta a la autoridad judicial
CAPÍTULO TERCERO
LA INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ABOGADOS
1. La confidencialidad de las comunicaciones con los abogados y la ausencia de regulación específica de la medida en la Ley Procesal Penal
A) La confidencialidad de las comunicaciones con los abogados prevista en el art. 118.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
B) La ausencia de regulación específica de la medida en la Ley procesal penal
2. Supuestos de intervención de las comunicaciones de los abogados. Régimen general
A) Intervención de las comunicaciones del sujeto que no ha adquirido la condición de investigado
B) Intervención de las comunicaciones del sujeto investigado que se encuentra en libertad
C) Intervención de las comunicaciones del abogado investigado
3. Intervención de las comunicaciones con los abogados en el ámbito penitenciario
A) La protección de las comunicaciones del interno con el abogado defensor o el llamado para asuntos penales
B) Posición del Tribunal Constitucional
C) Requisitos específicos de la intervención en el art. 51.2 LOGP
a) Exigencia de autorización judicial
b) Motivación y proporcionalidad de la medida
c) Ámbito delimitado de aplicación. Supuestos de terrorismo


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