1 de 1 copias disponibles
Delitos contra la Administración de Justicia
Respecto al delito de deslealtad profesional, recogido en el art. 467 CP, considera el Tribunal Supremo que el tipo delictivo se constituye por los siguientes elementos: que el sujeto activo sea un abogado o un procurador, ya que se trata de un delito especial o de propia mano; que desde el punto de vista de la dinámica comisiva, se despliegue una acción u omisión que en ambos casos derivará en un resultado; que se perjudique de forma manifiesta los intereses que le fueron encomendados, sin que necesariamente tales perjuicios hayan de ser económicos, bastando también los morales y finalmente, que exista un comportamiento doloso, en el que debe incluirse el dolo eventual, o bien un comportamiento imprudente, en el que concurra "imprudencia grave" [...]
I. Sentencia del Tribunal Supremo, número 431/2008, de 8 de julio
II. Sentencia del Tribunal Supremo, número 252/2008, de 22 de mayo
- Formato: PDF
- Tamaño: 11 Kb.
Respecto al delito de deslealtad profesional, recogido en el art. 467 CP, considera el Tribunal Supremo que el tipo delictivo se constituye por los siguientes elementos: que el sujeto activo sea un abogado o un procurador, ya que se trata de un delito especial o de propia mano; que desde el punto de vista de la dinámica comisiva, se despliegue una acción u omisión que en ambos casos derivará en un resultado; que se perjudique de forma manifiesta los intereses que le fueron encomendados, sin que necesariamente tales perjuicios hayan de ser económicos, bastando también los morales y finalmente, que exista un comportamiento doloso, en el que debe incluirse el dolo eventual, o bien un comportamiento imprudente, en el que concurra "imprudencia grave" [...]
I. Sentencia del Tribunal Supremo, número 431/2008, de 8 de julio
II. Sentencia del Tribunal Supremo, número 252/2008, de 22 de mayo