1 de 1 copias disponibles
Novedades jurisprudenciales en torno al subtipo hiperagravado del delito contra la salud pública previsto en el artículo 370 del código penal
Establece el artículo 370, párrafo 3º del Código Penal que “se impondrá la pena superior en uno o dos grados a la señalada en el artículo 368 cuando las conductas descritas en el artículo 368 fuesen de extrema gravedad. Se consideran de extrema gravedad los casos en que la cantidad de las sustancias a que se refiere el artículo 368 excediere notablemente de la considerada de notoria importancia, o se hayan utilizado buques o aeronaves como medio de transporte específico, o se hayan llevado a cabo las conductas indicadas simulando operaciones de comercio internacional entre empresas, o se trate de redes internacionales dedicadas a este tipo de actividades, o cuando concurrieren tres o más de las circunstancias previstas en el artículo 369.1 [...]
I. Introducción
II. Solución jurisprudencial adoptada
- Formato: PDF
- Tamaño: 38 Kb.
Establece el artículo 370, párrafo 3º del Código Penal que “se impondrá la pena superior en uno o dos grados a la señalada en el artículo 368 cuando las conductas descritas en el artículo 368 fuesen de extrema gravedad. Se consideran de extrema gravedad los casos en que la cantidad de las sustancias a que se refiere el artículo 368 excediere notablemente de la considerada de notoria importancia, o se hayan utilizado buques o aeronaves como medio de transporte específico, o se hayan llevado a cabo las conductas indicadas simulando operaciones de comercio internacional entre empresas, o se trate de redes internacionales dedicadas a este tipo de actividades, o cuando concurrieren tres o más de las circunstancias previstas en el artículo 369.1 [...]
I. Introducción
II. Solución jurisprudencial adoptada