Diccionario panhispánico del español jurídico

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Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

por Morón Lerma, Esther

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2010
Ver otros artículos del mismo número: 13

Modalidad básica: Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sentencia 951/2009, de 9 de octubre de 2009, ponente: Martín Pallín, José Antonio. Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delito de inmigración ilegal (art. 318 bis 1 CP) y delito de determinación coactiva a la prostitución (art. 18.1 CP). En el supuesto enjuiciado, los acusados captaban a las víctimas en Nigeria, ofreciéndoles falsas expectativas de empleo en España y sometiéndolas a ceremonias de vudú para garantizar su dependencia emocional. Una vez en España, se les advierte de que han contraído una deuda de viaje cercana a los 50.000 euros, obligándolas a prostituirse para poder pagar dicha deuda. Asimismo, como elemento de coacción, se las amenaza con los males que pudieran surgir del vudú al que se las somete y con posibles daños a sus familiares en Nigeria. No se aprecia el subtipo agravado de pertenencia a una organización dedicada a tales fines (art. 318 bis 5 CP): concepto y elementos de “organización”. Aplicación del Acuerdo del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo, de 30 de mayo de 2006, que declara la concurrencia de delitos, sin que se descarte el real o el medial, entre los comportamientos previstos en el art. 318 bis CP y en el art. 188.1 CP. En este caso, se aprecia concurso medial entre el delito de inmigración ilegal y el delito de determinación a la prostitución por medios violentos y coactivos, ya que la inmigración era el primer paso para la explotación sexual, fin de toda la actuación criminal [...]


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Modalidad básica: Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sentencia 951/2009, de 9 de octubre de 2009, ponente: Martín Pallín, José Antonio. Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Delito de inmigración ilegal (art. 318 bis 1 CP) y delito de determinación coactiva a la prostitución (art. 18.1 CP). En el supuesto enjuiciado, los acusados captaban a las víctimas en Nigeria, ofreciéndoles falsas expectativas de empleo en España y sometiéndolas a ceremonias de vudú para garantizar su dependencia emocional. Una vez en España, se les advierte de que han contraído una deuda de viaje cercana a los 50.000 euros, obligándolas a prostituirse para poder pagar dicha deuda. Asimismo, como elemento de coacción, se las amenaza con los males que pudieran surgir del vudú al que se las somete y con posibles daños a sus familiares en Nigeria. No se aprecia el subtipo agravado de pertenencia a una organización dedicada a tales fines (art. 318 bis 5 CP): concepto y elementos de “organización”. Aplicación del Acuerdo del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo, de 30 de mayo de 2006, que declara la concurrencia de delitos, sin que se descarte el real o el medial, entre los comportamientos previstos en el art. 318 bis CP y en el art. 188.1 CP. En este caso, se aprecia concurso medial entre el delito de inmigración ilegal y el delito de determinación a la prostitución por medios violentos y coactivos, ya que la inmigración era el primer paso para la explotación sexual, fin de toda la actuación criminal [...]


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