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El deber de decir la verdad en asuntos que afectan al servicio. El delito de desleatad del art. 115 del código penal militar
Los delitos de deslealtad están regulados en los arts. 115-118 del CPM, dentro de los delitos contra los deberes del servicio. La deslealtad comprende cuatro tipos de conductas delictivas: la deslealtad en sentido estricto, la falta de discreción y reserva en asuntos de servicio, la simulación de enfermedad o lesión evadiendo deberes militares y la ayuda a la evasión de prisioneros o detenidos. El art. 115 tipifica el delito de deslealtad a través de dos conductas: dar a sabiendas información falsa o expedir certificado en sentido distinto al que le constare sobre asuntos del servicio (penado entre uno y seis años de prisión y entre tres y diez años en tiempo de guerra) y desnaturalizar la verdad sin faltarla sustancialmente en informaciones o certificados a través de la utilización de términos ambiguos, vagos o confusos y alterarla mediante reticencias o inexactitudes (castigado entre tres meses y un día a tres años de prisión y entre uno a seis años en tiempo de guerra). Cuando en la realización de estas conductas ha medido precio, recompensa o promesa, la pena se impone en su mitad superior, mientras que cuando el sujeto activo se retracta manifestando la verdad a tiempo de que surta efecto, se impone la pena en su mitad inferior. En cualquier caso, en atención a la gravedad y trascendencia de los hechos, puede imponerse, además, la pena de pérdida de empleo [...]
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Los delitos de deslealtad están regulados en los arts. 115-118 del CPM, dentro de los delitos contra los deberes del servicio. La deslealtad comprende cuatro tipos de conductas delictivas: la deslealtad en sentido estricto, la falta de discreción y reserva en asuntos de servicio, la simulación de enfermedad o lesión evadiendo deberes militares y la ayuda a la evasión de prisioneros o detenidos. El art. 115 tipifica el delito de deslealtad a través de dos conductas: dar a sabiendas información falsa o expedir certificado en sentido distinto al que le constare sobre asuntos del servicio (penado entre uno y seis años de prisión y entre tres y diez años en tiempo de guerra) y desnaturalizar la verdad sin faltarla sustancialmente en informaciones o certificados a través de la utilización de términos ambiguos, vagos o confusos y alterarla mediante reticencias o inexactitudes (castigado entre tres meses y un día a tres años de prisión y entre uno a seis años en tiempo de guerra). Cuando en la realización de estas conductas ha medido precio, recompensa o promesa, la pena se impone en su mitad superior, mientras que cuando el sujeto activo se retracta manifestando la verdad a tiempo de que surta efecto, se impone la pena en su mitad inferior. En cualquier caso, en atención a la gravedad y trascendencia de los hechos, puede imponerse, además, la pena de pérdida de empleo [...]