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La importancia de definir el bien jurídico en el delito de violencia “cuasi-doméstica” habitual
Actualmente la denominada violencia doméstica habitual se regula dentro de los delitos contra la integridad moral y abarca un elenco importante de sujetos que desbordan el ámbito doméstico. Urge la necesidad de reubicar este delito dentro de las lesiones, atendiendo a la función teleológica del bien jurídico para facilitar su aplicación por parte de los jueces y tribunales, así como para proteger más adecuadamente a las víctimas de estos delitos.
Currently called habitual domestic violence is regulated within the crimes against the person and includes a list of important subjects that go beyond the domestic sphere. There is urgent need to relocate this crime within the lesions, according to function legally teleological to facilitate its application by judges and courts, and to better protect the victims of these crimes
I. INTRODUCCIÓN
II. ANÁLISIS DOGMÁTICO DEL DELITO DE “VIOLENCIA CUASI-DOMÉSTICA”
1. Bien jurídico
1.1. Validez de la Teoría del bien jurídico en nuestros días y principio de lesividad
1.2. Aproximación al estudio concreto del bien jurídicamente protegido en el art. 173.2 CP
1.2.1. Como falta de maltrato del art. 583 CP (1973)
1.2.2. Como delito de lesiones (1989 a 2003)
1.2.3. Como delito contra la integridad moral (2003…)
1.2.4. Toma de postura
1.3 Justificación de la integridad moral como bien jurídico autónomo; ¿objeto de protección propio de la violencia habitual?
1.3.1. Integridad moral y dignidad
1.3.2. Relaciones entre integridad moral y honor
1.3.3. Como interés diferenciado de la salud o integridad física
1.3.4. El tipo atendiendo al bien jurídico: ¿un delito de peligro o de lesión?
1.3.5 Toma de postura
2. Fundamento
2.1. Como tipo cualificado
2.2. Como tipo autónomo
2.3. Posturas eclécticas
3. Violencia cuasi-doméstica habitual
3.1. Habitualidad
III. LEGE FERENDA
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Actualmente la denominada violencia doméstica habitual se regula dentro de los delitos contra la integridad moral y abarca un elenco importante de sujetos que desbordan el ámbito doméstico. Urge la necesidad de reubicar este delito dentro de las lesiones, atendiendo a la función teleológica del bien jurídico para facilitar su aplicación por parte de los jueces y tribunales, así como para proteger más adecuadamente a las víctimas de estos delitos.
Currently called habitual domestic violence is regulated within the crimes against the person and includes a list of important subjects that go beyond the domestic sphere. There is urgent need to relocate this crime within the lesions, according to function legally teleological to facilitate its application by judges and courts, and to better protect the victims of these crimes
I. INTRODUCCIÓN
II. ANÁLISIS DOGMÁTICO DEL DELITO DE “VIOLENCIA CUASI-DOMÉSTICA”
1. Bien jurídico
1.1. Validez de la Teoría del bien jurídico en nuestros días y principio de lesividad
1.2. Aproximación al estudio concreto del bien jurídicamente protegido en el art. 173.2 CP
1.2.1. Como falta de maltrato del art. 583 CP (1973)
1.2.2. Como delito de lesiones (1989 a 2003)
1.2.3. Como delito contra la integridad moral (2003…)
1.2.4. Toma de postura
1.3 Justificación de la integridad moral como bien jurídico autónomo; ¿objeto de protección propio de la violencia habitual?
1.3.1. Integridad moral y dignidad
1.3.2. Relaciones entre integridad moral y honor
1.3.3. Como interés diferenciado de la salud o integridad física
1.3.4. El tipo atendiendo al bien jurídico: ¿un delito de peligro o de lesión?
1.3.5 Toma de postura
2. Fundamento
2.1. Como tipo cualificado
2.2. Como tipo autónomo
2.3. Posturas eclécticas
3. Violencia cuasi-doméstica habitual
3.1. Habitualidad
III. LEGE FERENDA