Diccionario panhispánico del español jurídico

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Observaciones críticas al delito de embarque de drogas tóxicas o estupefacientes en buque de guerra o aeronave militar del artículo 177.3º del Código Penal Militar

por Sedano Lorenzo, Álvaro

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2013
Ver otros artículos del mismo número: 19

En este artículo se analiza, desde una perspectiva crítica, la configuración del delito de embarque de drogas tóxicas y estupefacientes en buque de guerra o aeronave militar, previsto y penado en el artículo 177.3º del Código Penal Militar. Se trata de una regulación insuficiente que, por su carácter asistemático y su parquedad, provoca serias dificultades para deslindar las conductas penales de las meramente disciplinarias con la vigente Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas y, sobre todo, problemas concursales con la legislación común con incidencia en la delimitación de las jurisdicciones ordinaria y castrense. Consideramos necesaria una regulación sistemática y completa – aunque se realice mediante una remisión a las normas penales comunes – de los supuestos de cultivo, elaboración y tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas por militares en acto de servicio, en lugares militares o para distribuir estas sustancias entre militares. Sin duda, estas conductas suponen un serio peligro para la aptitud psicofísica de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil y, además, un daño relevante al orden y organización de la Unidades, Bases y Acuartelamientos militares.

This article discusses, from a critical perspective, the configuration of the crime of shipment of toxic and narcotic drugs in warship or military aircraft, punished in the article 177.3º of the Military Penal Code. This is an inadequate regulation which, by their very unsystematic nature and moderation, causes serious difficulties to define the criminal conducts of the purely disciplinary ones with the in force Law of Disciplinary Regime of the Armed Forces and, especially, problems compete for them with the common legislation with incidence in the ordinary and military delimiting of jurisdictions. We consider a systematic and complete regulation - although it should be performed by means of a reference to the penal common procedure - of the assumptions of cultivation, production and traffic of toxic, narcotic drugs and psychotropic substances by military men in act of service, in military places or to distribute these substances among military men. Undoubtedly, these conducts suppose a serious danger for the psychophysical aptitude of the members of the Armed Forces and the Civil Guard and, furthermore, a relevant damage to the order and organization of the units, bases and military billeting.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Esquema básico del delito
III. Delimitación entre los ámbitos penal y disciplinario
IV. Problemas concursales: comentario a la STS (sala de conflictos) núm. 1/2010, de 16 de marzo
V. Conclusiones. Bibliografía. Jurisprudencia citada


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En este artículo se analiza, desde una perspectiva crítica, la configuración del delito de embarque de drogas tóxicas y estupefacientes en buque de guerra o aeronave militar, previsto y penado en el artículo 177.3º del Código Penal Militar. Se trata de una regulación insuficiente que, por su carácter asistemático y su parquedad, provoca serias dificultades para deslindar las conductas penales de las meramente disciplinarias con la vigente Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas y, sobre todo, problemas concursales con la legislación común con incidencia en la delimitación de las jurisdicciones ordinaria y castrense. Consideramos necesaria una regulación sistemática y completa – aunque se realice mediante una remisión a las normas penales comunes – de los supuestos de cultivo, elaboración y tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas por militares en acto de servicio, en lugares militares o para distribuir estas sustancias entre militares. Sin duda, estas conductas suponen un serio peligro para la aptitud psicofísica de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil y, además, un daño relevante al orden y organización de la Unidades, Bases y Acuartelamientos militares.

This article discusses, from a critical perspective, the configuration of the crime of shipment of toxic and narcotic drugs in warship or military aircraft, punished in the article 177.3º of the Military Penal Code. This is an inadequate regulation which, by their very unsystematic nature and moderation, causes serious difficulties to define the criminal conducts of the purely disciplinary ones with the in force Law of Disciplinary Regime of the Armed Forces and, especially, problems compete for them with the common legislation with incidence in the ordinary and military delimiting of jurisdictions. We consider a systematic and complete regulation - although it should be performed by means of a reference to the penal common procedure - of the assumptions of cultivation, production and traffic of toxic, narcotic drugs and psychotropic substances by military men in act of service, in military places or to distribute these substances among military men. Undoubtedly, these conducts suppose a serious danger for the psychophysical aptitude of the members of the Armed Forces and the Civil Guard and, furthermore, a relevant damage to the order and organization of the units, bases and military billeting.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Esquema básico del delito
III. Delimitación entre los ámbitos penal y disciplinario
IV. Problemas concursales: comentario a la STS (sala de conflictos) núm. 1/2010, de 16 de marzo
V. Conclusiones. Bibliografía. Jurisprudencia citada


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