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El nuevo anteproyecto de Ley Orgánica de protección de la seguridad (¿ciudadana?): análisis desde la perspectiva del derecho de reunión y manifestación
Como es sabido, el drama personal en que la crisis ha sumido a muchos ciudadanos no se ha visto acompañado en general de la exigencia de responsabilidades a quienes con su actuación provocaron, en mayor o menor medida, dicha situación. Hacer frente a éstas y a otras manifestaciones del Derecho penal del amigo que es posible advertir en nuestro sistema no parece estar, sin embargo, entre las prioridades del prelegislador de nuestros días(2). Paradójicamente, sí que han merecido su movilización las protestas de los más afectados por aquellos desmanes financieros, de los que han perdido sus casas, sus trabajos, sus derechos… Las recientemente divulgadas previsiones de reforma de la Ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana y el proyecto de Código penal de 2013 revelan, en este sentido, una clara orientación a la represión de la protesta social [...]
I. Indignados y –próximamente- silenciados
II. Algunas faltas menos, muchas infracciones administrativas más
III. ¿Disolución preventiva de reuniones y manifestaciones?
IV. Las “razones” de la reforma
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Como es sabido, el drama personal en que la crisis ha sumido a muchos ciudadanos no se ha visto acompañado en general de la exigencia de responsabilidades a quienes con su actuación provocaron, en mayor o menor medida, dicha situación. Hacer frente a éstas y a otras manifestaciones del Derecho penal del amigo que es posible advertir en nuestro sistema no parece estar, sin embargo, entre las prioridades del prelegislador de nuestros días(2). Paradójicamente, sí que han merecido su movilización las protestas de los más afectados por aquellos desmanes financieros, de los que han perdido sus casas, sus trabajos, sus derechos… Las recientemente divulgadas previsiones de reforma de la Ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana y el proyecto de Código penal de 2013 revelan, en este sentido, una clara orientación a la represión de la protesta social [...]
I. Indignados y –próximamente- silenciados
II. Algunas faltas menos, muchas infracciones administrativas más
III. ¿Disolución preventiva de reuniones y manifestaciones?
IV. Las “razones” de la reforma