Diccionario panhispánico del español jurídico

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La función de la pena ante “el paso empírico” del derecho penal

por Miró Llinares, Fernando

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 27

El Derecho penal se ha construido en muchas ocasiones a espaldas de los datos científicos sobre la realidad social o el comportamiento humano, dándose por sentadas premisas sin prueba empírica. Esto ha afectado a la discusión sobre la función de la pena, que ha comenzado a evolucionar a partir de la aparición de estudios sobre la relación entre el comportamiento humano y la sanción penal. En este trabajo se hace una revisión de la discusión sobre la función de la pena a partir de los conocimientos aportados por las Ciencias Sociales y se ofrece una teoría coherente con ellos. La pena, desde una perspectiva de control social, no desempeña su función esencialmente a través de la amenaza, sino mostrando el modelo de conducta social y legítimo que, además, recibe confirmación de su vigencia en el momento de su imposición, siempre bajo el límite de las garantías de nuestro Estado Constitucional.

Tabla de Contenidos

I. ¿HACIA UN DERECHO PENAL EMPÍRICO?
II. LA JUSTIFICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA PENA ANTE LAS EVIDENCIAS EMPÍRICAS
1. El comportamiento humano, convidado de piedra, en el debate clásico de justificación de la pena
2. La “mirada al hombre”: el nuevo consecuencialismo y función expresiva de la pena
III. CIENCIAS SOCIALES, COMPORTAMIENTO HUMANO Y SANCIÓN PENAL
1. El cumplimiento de las normas penales: Crisis de la disuasión, irrupción de la influencia social y el poder de la legitimidad
2. Otros estudios sociales sobre la pena: Alcance de los experimentos sobre la cooperación y el castigo
IV. LA TRIPLE FUNCIÓN CONFIRMATORIA DE LA PENA: DEL MODELO DE CONDUCTA, LA VIGENCIA DEL SISTEMA PENAL Y LAS GARANTÍAS DEL ESTADO DE DERECHO
V. BIBLIOGRAFÍA


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El Derecho penal se ha construido en muchas ocasiones a espaldas de los datos científicos sobre la realidad social o el comportamiento humano, dándose por sentadas premisas sin prueba empírica. Esto ha afectado a la discusión sobre la función de la pena, que ha comenzado a evolucionar a partir de la aparición de estudios sobre la relación entre el comportamiento humano y la sanción penal. En este trabajo se hace una revisión de la discusión sobre la función de la pena a partir de los conocimientos aportados por las Ciencias Sociales y se ofrece una teoría coherente con ellos. La pena, desde una perspectiva de control social, no desempeña su función esencialmente a través de la amenaza, sino mostrando el modelo de conducta social y legítimo que, además, recibe confirmación de su vigencia en el momento de su imposición, siempre bajo el límite de las garantías de nuestro Estado Constitucional.

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I. ¿HACIA UN DERECHO PENAL EMPÍRICO?
II. LA JUSTIFICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA PENA ANTE LAS EVIDENCIAS EMPÍRICAS
1. El comportamiento humano, convidado de piedra, en el debate clásico de justificación de la pena
2. La “mirada al hombre”: el nuevo consecuencialismo y función expresiva de la pena
III. CIENCIAS SOCIALES, COMPORTAMIENTO HUMANO Y SANCIÓN PENAL
1. El cumplimiento de las normas penales: Crisis de la disuasión, irrupción de la influencia social y el poder de la legitimidad
2. Otros estudios sociales sobre la pena: Alcance de los experimentos sobre la cooperación y el castigo
IV. LA TRIPLE FUNCIÓN CONFIRMATORIA DE LA PENA: DEL MODELO DE CONDUCTA, LA VIGENCIA DEL SISTEMA PENAL Y LAS GARANTÍAS DEL ESTADO DE DERECHO
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