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Delitos contra el patrimonio
Sentencia de 1 marzo de 2018, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Sección 1ª, nº de Procedimiento ... Ponente: Antonio del Moral García. Sentencia núm. 102/2018. Robo. En el caso enjuiciado, un sujeto, cuyo gran endeudamiento había sido probado, acudió a un piso para tener relaciones sexuales con una prostituta. Durante la práctica sexual, ató una correa de perro alrededor del cuello de la víctima para realizar la llamada asfixia erótica, finalizando con la muerte de ella por asfixia mecánica. Tras estos hechos, el sujeto sustrajo todo el dinero que encontró en la vivienda, intentó borrar las pruebas de su presencia allí y prendió fuego al piso. El problema interpretativo en este caso está referido al concurso del delito de robo con la nueva circunstancia del art. 139.1 4ª CP, “para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra”. El Tribunal de instancia consideró que un concurso real de delitos entre asesinato del 139.1 1ª y 4ª y robo con violencia conllevaría una infracción del principio ne bis in idem, al incrementar la pena de ambos delitos como consecuencia de la misma acción violenta, y, por tanto, apreciaba, en su lugar, un concurso real de delitos entre asesinato y hurto. El Tribunal Supremo, sin embargo, ha entendido que los delitos apreciados son acciones separadas con resultados concretos y distintos, aunque la violencia empleada que conforme los tipos sea la misma. De esta forma, establece que no existe incompatibilidad entre el robo y la circunstancia 4ª mencionada, y, por tanto, la violencia empleada en un asesinato puede ser utilizada para tipificar un delito como robo, aun cuando el asesinato sea medio empleado para la facilitación del este último delito como establece el art. 139.1 4ª CP [...]
I. Robo
II. Estafa
III. Apropiación indebida
IV. Insolvencias punible
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Sentencia de 1 marzo de 2018, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Sección 1ª, nº de Procedimiento ... Ponente: Antonio del Moral García. Sentencia núm. 102/2018. Robo. En el caso enjuiciado, un sujeto, cuyo gran endeudamiento había sido probado, acudió a un piso para tener relaciones sexuales con una prostituta. Durante la práctica sexual, ató una correa de perro alrededor del cuello de la víctima para realizar la llamada asfixia erótica, finalizando con la muerte de ella por asfixia mecánica. Tras estos hechos, el sujeto sustrajo todo el dinero que encontró en la vivienda, intentó borrar las pruebas de su presencia allí y prendió fuego al piso. El problema interpretativo en este caso está referido al concurso del delito de robo con la nueva circunstancia del art. 139.1 4ª CP, “para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra”. El Tribunal de instancia consideró que un concurso real de delitos entre asesinato del 139.1 1ª y 4ª y robo con violencia conllevaría una infracción del principio ne bis in idem, al incrementar la pena de ambos delitos como consecuencia de la misma acción violenta, y, por tanto, apreciaba, en su lugar, un concurso real de delitos entre asesinato y hurto. El Tribunal Supremo, sin embargo, ha entendido que los delitos apreciados son acciones separadas con resultados concretos y distintos, aunque la violencia empleada que conforme los tipos sea la misma. De esta forma, establece que no existe incompatibilidad entre el robo y la circunstancia 4ª mencionada, y, por tanto, la violencia empleada en un asesinato puede ser utilizada para tipificar un delito como robo, aun cuando el asesinato sea medio empleado para la facilitación del este último delito como establece el art. 139.1 4ª CP [...]
I. Robo
II. Estafa
III. Apropiación indebida
IV. Insolvencias punible