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El delito de stalking tres años después de su entrada en vigor
En el presente estudio se efectúa una reflexión sobre el delito de stalking, introducido en el artículo 172 ter en la reforma del Código penal del año 2015; conducta delictiva que refiere a una modalidad de acoso o acecho que, con el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación era difícil subsumir en los tipos penales existentes hasta el momento. No obstante, la técnica legislativa empleada en la incriminación de este delito es mejorable, por lo que muchos autores cuestionan su mantenimiento en tales términos.
I. INTRODUCCIÓN
II. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
III. ABORDAJE DE SU CONCRETA REGULACIÓN
1. Características del tipo. Modalidades de conducta. Bien jurídico. Cláusula legal “sin estar legítimamente autorizado”. Configuración como un delito de resultado
2. Tipos agravados
3. Cláusula concursal
4. Particularidades del cyberstalking
IV. TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL
V. REFLEXIONES FINALES
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En el presente estudio se efectúa una reflexión sobre el delito de stalking, introducido en el artículo 172 ter en la reforma del Código penal del año 2015; conducta delictiva que refiere a una modalidad de acoso o acecho que, con el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación era difícil subsumir en los tipos penales existentes hasta el momento. No obstante, la técnica legislativa empleada en la incriminación de este delito es mejorable, por lo que muchos autores cuestionan su mantenimiento en tales términos.
I. INTRODUCCIÓN
II. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
III. ABORDAJE DE SU CONCRETA REGULACIÓN
1. Características del tipo. Modalidades de conducta. Bien jurídico. Cláusula legal “sin estar legítimamente autorizado”. Configuración como un delito de resultado
2. Tipos agravados
3. Cláusula concursal
4. Particularidades del cyberstalking
IV. TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL
V. REFLEXIONES FINALES