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¿Un derecho de propiedad sobre los embriones in vitro? ¿Un derecho a decidir su donación a la Ciencia? Un controvertido debate (TEDH, Parrillo c. Italia)
I. EL ASUNTO PARRILLO C. ITALIA: INTRODUCCIÓN:
1. Hechos y posiciones de las partes
2. Problemas jurídicos principales
II. ARGUMENTACIÓN DEL TRIBUNAL. ASPECTOS CONTROVERTIDOS Y POSICIONES ENFRENTADAS ENTRE LOS JUECES:
1. Sobre la alegación de violación del derecho al respeto a la vida privada (art. 8 del Convenio).
1.1. Admisibilidad de la reclamación: ¿pertenece al ámbito de la vida privada la decisión de donar a la investigación científica los embriones in vitro criopreservados?
1.2. La conformidad de la injerencia de las autoridades públicas italianas al párrafo segundo del artículo 8 del Convenio.
1.2.1. La legitimidad de la finalidad perseguida por la prohibición de la Ley 40/2004.
1.2.2. La necesidad de la injerencia en una sociedad democrática.
1.2.2.1. El margen de apreciación del Estado: ¿amplio o estrecho?
1.2.2.2. Límites al margen de apreciación del Estado: la proporcionalidad de la prohibición general de donar embriones a la investigación científica de la Ley 40/2004
2. Sobre la alegación de violación del derecho al respeto de la propiedad (artículo 1 del Protocolo nº 1 al Convenio)
III. VALORACIÓN GENERAL DE LA SENTENCIA: APORTACIONES Y CUESTIONES ABIERTAS:
1. Sobre el estatuto del embrión in vitro criopreservado
2. Sobre la consideración de la decisión de donar los embriones in vitro criopreservados a la investigación científica dentro del ámbito del derecho a la vida privada
3. Sobre el margen de apreciación del Estado en relación a la donación a la investigación científica de embriones in vitro criopreservados y la proporcionalidad de su prohibición general en Italia
IV. EPÍLOGO: LO QUE SUGIERE EL PROBLEMA ESENCIAL DE FONDO
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I. EL ASUNTO PARRILLO C. ITALIA: INTRODUCCIÓN:
1. Hechos y posiciones de las partes
2. Problemas jurídicos principales
II. ARGUMENTACIÓN DEL TRIBUNAL. ASPECTOS CONTROVERTIDOS Y POSICIONES ENFRENTADAS ENTRE LOS JUECES:
1. Sobre la alegación de violación del derecho al respeto a la vida privada (art. 8 del Convenio).
1.1. Admisibilidad de la reclamación: ¿pertenece al ámbito de la vida privada la decisión de donar a la investigación científica los embriones in vitro criopreservados?
1.2. La conformidad de la injerencia de las autoridades públicas italianas al párrafo segundo del artículo 8 del Convenio.
1.2.1. La legitimidad de la finalidad perseguida por la prohibición de la Ley 40/2004.
1.2.2. La necesidad de la injerencia en una sociedad democrática.
1.2.2.1. El margen de apreciación del Estado: ¿amplio o estrecho?
1.2.2.2. Límites al margen de apreciación del Estado: la proporcionalidad de la prohibición general de donar embriones a la investigación científica de la Ley 40/2004
2. Sobre la alegación de violación del derecho al respeto de la propiedad (artículo 1 del Protocolo nº 1 al Convenio)
III. VALORACIÓN GENERAL DE LA SENTENCIA: APORTACIONES Y CUESTIONES ABIERTAS:
1. Sobre el estatuto del embrión in vitro criopreservado
2. Sobre la consideración de la decisión de donar los embriones in vitro criopreservados a la investigación científica dentro del ámbito del derecho a la vida privada
3. Sobre el margen de apreciación del Estado en relación a la donación a la investigación científica de embriones in vitro criopreservados y la proporcionalidad de su prohibición general en Italia
IV. EPÍLOGO: LO QUE SUGIERE EL PROBLEMA ESENCIAL DE FONDO