Diccionario panhispánico del español jurídico

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La nueva fiscalía antifraude europea

por Montesinos García, Ana

Artículo
ISSN: 1696-9634
Madrid Iustel 2018
Ver otros artículos del mismo número: 46

Ante la falta de eficacia de los mecanismos para combatir el fraude contra los intereses financieros con los que cuenta la Unión Europea y tras varios años de negociaciones, el 12 de octubre de 2017 se aprobó el Reglamento 2017/1939 del Consejo, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
La función principal de la Fiscalía Europea reside en la investigación de los delitos que perjudiquen a los intereses financieros de la Unión previstos en la Directiva (UE) 2017/1371, así como en el ejercicio de la acción penal y solicitud de la apertura de juicio contra sus autores y cómplices ante los órganos jurisdiccionales competentes de los Estados miembros. A su competencia, estructura organizativa, funcionamiento y relación con sus colaboradores se dedica este estudio.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCION
II. ANTECEDENTES NORMATIVOS
III. COMPETENCIA.
1. Competencia material, territorial y personal.
2. ¿Ampliación de la competencia?
IV. ESTRUCTURA ADMISTRATIVA.
1. Órganos que componen la Fiscalía Europea
2. Independencia y rendición de cuentas
V. FUNCIONAMIENTO
1. La investigación
1.1. Inicio de las investigaciones
1.2. Medidas de investigación
1.3.- Investigaciones transfronterizas
2. Conclusión de la investigación
2.1.- Archivo del caso
2.2.- Procedimientos simplificados de ejercicio de la acción penal por acuerdo
3. El ejercicio de la acción penal
VI. - GARANTÍAS PROCESALES
1. Derechos procesales de los sospechosos o acusados
2. El control de los actos de la Fiscalía
VII. RELACIÓN CON SUS COLABORADORES
1. OLAF
2. Eurojust
3. Europol
4. Otros países
VIII. VALORACIÓN FINAL


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Ante la falta de eficacia de los mecanismos para combatir el fraude contra los intereses financieros con los que cuenta la Unión Europea y tras varios años de negociaciones, el 12 de octubre de 2017 se aprobó el Reglamento 2017/1939 del Consejo, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea.
La función principal de la Fiscalía Europea reside en la investigación de los delitos que perjudiquen a los intereses financieros de la Unión previstos en la Directiva (UE) 2017/1371, así como en el ejercicio de la acción penal y solicitud de la apertura de juicio contra sus autores y cómplices ante los órganos jurisdiccionales competentes de los Estados miembros. A su competencia, estructura organizativa, funcionamiento y relación con sus colaboradores se dedica este estudio.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCION
II. ANTECEDENTES NORMATIVOS
III. COMPETENCIA.
1. Competencia material, territorial y personal.
2. ¿Ampliación de la competencia?
IV. ESTRUCTURA ADMISTRATIVA.
1. Órganos que componen la Fiscalía Europea
2. Independencia y rendición de cuentas
V. FUNCIONAMIENTO
1. La investigación
1.1. Inicio de las investigaciones
1.2. Medidas de investigación
1.3.- Investigaciones transfronterizas
2. Conclusión de la investigación
2.1.- Archivo del caso
2.2.- Procedimientos simplificados de ejercicio de la acción penal por acuerdo
3. El ejercicio de la acción penal
VI. - GARANTÍAS PROCESALES
1. Derechos procesales de los sospechosos o acusados
2. El control de los actos de la Fiscalía
VII. RELACIÓN CON SUS COLABORADORES
1. OLAF
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3. Europol
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