Diccionario panhispánico del español jurídico

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Ambulancias y exención de peaje: contradicciones entre la Sala 1.ª y la Sala 3.ª del Tribunal Supremo

por Sánchez Albarrán, Óscar Antonio

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2008
Ver otros artículos del mismo número: 18

La cuestión objeto de debate es si las ambulancias, compañías mercantiles con ánimo de lucro que si bien prestan un servicio público- asistencia sanitaria primaria- también se benefician con la prestación de dicho servicio- repercutiéndoselo bien a los pacientes, bien a las mutuas, o a la seguridad social-; cuando utilizan las Autopistas en régimen de concesión administrativa trasladando heridos o enfermos están obligadas o no a pagar peaje. La actual contradicción entre la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo y la Sala 1ª de lo Civil, viene a reabrir una vieja polémica que hasta ahora parecía pacífica- al menos para la Sala 1ª del Tribunal Supremo-, a saber: la posible contraposición entre el artículo 16 de la Ley 25/1998, de 29 de Julio de Carreteras y la cláusula 44 del Decreto 215/1973, de 25 de enero, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Generales para la Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas en Régimen de concesión, y la debida aplicación de los principios de jerarquía y/o especialidad normativa.

The issue under discussion is whether ambulances, commercial companies for profit while providing a public service-primary health care-also benefit from providing this service- impacted either patients or at mutuals, or social secur-; when they use the highways under concession administrative moving injured or sick are not obliged or to pay toll. The current conflict between the third chamber of the Supreme Court's Administrative Litigation and 1st chamber of the Civil, is to reopen an old controversy that until now seemed peaceful- at least for 1st Chamber of the Supreme Court-, namely: the possible conflict between Article 16 of Roads Law 25/1998, dated July 29 and Clause 44 of Decree 215/1973, January 25, which approves the General Terms for the Construction, Conservation and operation of highways under concession, and proper application of the principles of hierarchy and / or specialty rules.

Tabla de Contenidos

1.- INTRODUCCIÓN
2.- REGULACIÓN JURÍDICO- LEGAL
2.1. Virtualidad del art. 16.3. De la ley de carreteras. El olvidado artículo 49 del reglamento general de carreteras
2.2. La ley 8/1972, de 10 de mayo de autopistas y del decreto 215/1973, de 25 de enero: pliego de cláusulas generales
3. PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD VERSUS PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA. DE LA INTERPRETACIÓN Y/O CONTRADICCIÓN ENTRE LA SALA 1ª Y 3ª DEL TRIBUNAL SUPREMO
3.1 Interpretación realizada por la sala 1ª
3.2 Interpretación de la sala 3ª de lo contencioso- administrativo del Tribunal Supremo


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La cuestión objeto de debate es si las ambulancias, compañías mercantiles con ánimo de lucro que si bien prestan un servicio público- asistencia sanitaria primaria- también se benefician con la prestación de dicho servicio- repercutiéndoselo bien a los pacientes, bien a las mutuas, o a la seguridad social-; cuando utilizan las Autopistas en régimen de concesión administrativa trasladando heridos o enfermos están obligadas o no a pagar peaje. La actual contradicción entre la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo y la Sala 1ª de lo Civil, viene a reabrir una vieja polémica que hasta ahora parecía pacífica- al menos para la Sala 1ª del Tribunal Supremo-, a saber: la posible contraposición entre el artículo 16 de la Ley 25/1998, de 29 de Julio de Carreteras y la cláusula 44 del Decreto 215/1973, de 25 de enero, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Generales para la Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas en Régimen de concesión, y la debida aplicación de los principios de jerarquía y/o especialidad normativa.

The issue under discussion is whether ambulances, commercial companies for profit while providing a public service-primary health care-also benefit from providing this service- impacted either patients or at mutuals, or social secur-; when they use the highways under concession administrative moving injured or sick are not obliged or to pay toll. The current conflict between the third chamber of the Supreme Court's Administrative Litigation and 1st chamber of the Civil, is to reopen an old controversy that until now seemed peaceful- at least for 1st Chamber of the Supreme Court-, namely: the possible conflict between Article 16 of Roads Law 25/1998, dated July 29 and Clause 44 of Decree 215/1973, January 25, which approves the General Terms for the Construction, Conservation and operation of highways under concession, and proper application of the principles of hierarchy and / or specialty rules.

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1.- INTRODUCCIÓN
2.- REGULACIÓN JURÍDICO- LEGAL
2.1. Virtualidad del art. 16.3. De la ley de carreteras. El olvidado artículo 49 del reglamento general de carreteras
2.2. La ley 8/1972, de 10 de mayo de autopistas y del decreto 215/1973, de 25 de enero: pliego de cláusulas generales
3. PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD VERSUS PRINCIPIO DE JERARQUÍA NORMATIVA. DE LA INTERPRETACIÓN Y/O CONTRADICCIÓN ENTRE LA SALA 1ª Y 3ª DEL TRIBUNAL SUPREMO
3.1 Interpretación realizada por la sala 1ª
3.2 Interpretación de la sala 3ª de lo contencioso- administrativo del Tribunal Supremo


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