Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

Expropiación forzosa

por Ruiz López, Miguel Ángel

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2013
Ver otros artículos del mismo número: 32

En este asunto, la Sala de instancia -el TSJ de Madrid- confirmó un acuerdo del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa por el que se fijaba el justiprecio de una finca clasificada como suelo urbano consolidado de uso residencial con motivo del proyecto de expropiación “Carretera de Boadilla del Monte”. Sostuvo la parte actora en el proceso de instancia que no debían aplicarse a los terrenos expropiados los valores de la ponencia catastral por no ajustarse a los de mercado, según la prueba pericial practicada en el proceso [...]

Tabla de Contenidos

I.- Las ponencias catastrales pierden su vigencia por la expiración del plazo y por la modificación sobrevenida del planeamiento urbanístico incompatible con ellas, no por alejarse de los valores de mercado
II. Valoración del suelo urbanizable. Método jurisprudencial de los valores de VPO cuando no se justifica la existencia de valores ciertos que permitan la aplicación del método residual
III. Retasación. Si las condiciones urbanísticas no se han alterado, no es posible considerar una diferente clasificación de los terrenos expropiados
IV. La solicitud de retasación no inicia un procedimiento nuevo, sino que se inserta en un procedimiento, iniciado antes de oficio por la Administración, en el que se determina el justiprecio que se pretende actualizar. Inexistencia de alteración de usos por modificación del planeamiento
V. Obligación de la Administración de abonar el justiprecio al legítimo propietario de la finca expropiada, aun cuando ya se hubiere abonado a quien no era titular registral


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 45 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

En este asunto, la Sala de instancia -el TSJ de Madrid- confirmó un acuerdo del Jurado Territorial de Expropiación Forzosa por el que se fijaba el justiprecio de una finca clasificada como suelo urbano consolidado de uso residencial con motivo del proyecto de expropiación “Carretera de Boadilla del Monte”. Sostuvo la parte actora en el proceso de instancia que no debían aplicarse a los terrenos expropiados los valores de la ponencia catastral por no ajustarse a los de mercado, según la prueba pericial practicada en el proceso [...]

Tabla de Contenidos

I.- Las ponencias catastrales pierden su vigencia por la expiración del plazo y por la modificación sobrevenida del planeamiento urbanístico incompatible con ellas, no por alejarse de los valores de mercado
II. Valoración del suelo urbanizable. Método jurisprudencial de los valores de VPO cuando no se justifica la existencia de valores ciertos que permitan la aplicación del método residual
III. Retasación. Si las condiciones urbanísticas no se han alterado, no es posible considerar una diferente clasificación de los terrenos expropiados
IV. La solicitud de retasación no inicia un procedimiento nuevo, sino que se inserta en un procedimiento, iniciado antes de oficio por la Administración, en el que se determina el justiprecio que se pretende actualizar. Inexistencia de alteración de usos por modificación del planeamiento
V. Obligación de la Administración de abonar el justiprecio al legítimo propietario de la finca expropiada, aun cuando ya se hubiere abonado a quien no era titular registral


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 45 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior