Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

La evolución del servicio telefónico en España (II): la reorganización y consolidación del sector

por Lucas Tobajas, Ana Belén

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 46

La celebración del contrato de 1945 entre el Estado y la Compañía Telefónica supone un cambio sustancial en el sector debido, fundamentalmente, a la voluntad del Estado de nacionalizar el capital de la Compañía. Esta cuestión unida a otras como el endurecimiento del sistema sancionador por incumplimiento de las cláusulas contractuales o el proyecto del Gobierno de reorganizar el sector mediante la creación de empresas públicas, acusaron el desgaste de las relaciones entre ambos sujetos, incidiendo de forma directa en la evolución del sector. Durante los años sesenta tiene lugar una reestructuración cuya finalidad no era otra que consolidar el servicio telefónico, incrementando la implantación del mismo y fomentando el desarrollo de otros servicios. Para lograrlo se proponía la aprobación de una ley nacional que eliminara la enorme dispersión normativa existente e integrara la regulación jurídica de servicios que, en aquel momento, contaban con unos cimientos comunes.
Durante los años setenta el sector experimenta de nuevo modificaciones sustanciales. La aprobación de la Constitución Española conlleva aportaciones fundamentales al régimen jurídico del sector telefónico, de forma particular, mediante la redacción del artículo 149.1.21. El contenido de este precepto lo transforma en una materia de rango constitucional pues, hasta ahora, se encontraba regulada, fundamentalmente, por normas de rango reglamentario. Esta cuestión unida a la reserva en exclusiva de su regulación a favor del Estado y la atribución a las Comunidades Autónomas de distintas competencias mediante la ejecución y el desarrollo de las mismas otorgan al sector un nuevo status jurídico y sienta las bases para su declaración de servicio esencial de titularidad estatal en la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones.

The execution of the 1945 contract between the State and Telephone Company is a very important change due to the will of the State nacionalize the capital of the company. This issue together with others such as the hardening of its sanctioning system for breach of contractual clauses or the government’s plan to reorganize the sector caused the erosion of relations between both subjects affecting the evolution of the sector. During the sixties decade the sector was restructured to promote other services. It was proposed the approval of a national law that would eliminate the existing regulatory dispersion and integrate the legal regulation of the different services. Along the decade of the seventy the sector again undergoes substantial modifications. The approval the Spanish Constitution provides essential changes to the legal regime of the telephone sector by including article 149.1.21. The content of this article transforms it into a matter of constitutional category because until now it was regulated by regulatory norms, together the reservation in exclusive of its regulation by the State and the attribution of power of execution and development to the autonomous communities grant to the sector a new juridical status that lays the bases for the declaration of public service in the Law 31/1987, of december 18, Telecommunications management.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. LAS PRIMERAS MEDIDAS DIRIGIDAS A REORDENAR EL SECTOR
1. La Ley de 31 de diciembre de 1945: La nacionalización del capital de la CTNE
2. El Decreto de 31 de octubre de 1946: Un nuevo contrato para el sector
III. LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES SOBRE EL SERVICIO TELEFÓNICO
IV. LA CONSOLIDACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO
V. EL NACIMIENTO DE LA TELEFONÍA MÓVIL
VI. LAS APORTACIONES DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA AL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO Y SU DIMENSIÓN AUTONÓMICA


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 281 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

La celebración del contrato de 1945 entre el Estado y la Compañía Telefónica supone un cambio sustancial en el sector debido, fundamentalmente, a la voluntad del Estado de nacionalizar el capital de la Compañía. Esta cuestión unida a otras como el endurecimiento del sistema sancionador por incumplimiento de las cláusulas contractuales o el proyecto del Gobierno de reorganizar el sector mediante la creación de empresas públicas, acusaron el desgaste de las relaciones entre ambos sujetos, incidiendo de forma directa en la evolución del sector. Durante los años sesenta tiene lugar una reestructuración cuya finalidad no era otra que consolidar el servicio telefónico, incrementando la implantación del mismo y fomentando el desarrollo de otros servicios. Para lograrlo se proponía la aprobación de una ley nacional que eliminara la enorme dispersión normativa existente e integrara la regulación jurídica de servicios que, en aquel momento, contaban con unos cimientos comunes.
Durante los años setenta el sector experimenta de nuevo modificaciones sustanciales. La aprobación de la Constitución Española conlleva aportaciones fundamentales al régimen jurídico del sector telefónico, de forma particular, mediante la redacción del artículo 149.1.21. El contenido de este precepto lo transforma en una materia de rango constitucional pues, hasta ahora, se encontraba regulada, fundamentalmente, por normas de rango reglamentario. Esta cuestión unida a la reserva en exclusiva de su regulación a favor del Estado y la atribución a las Comunidades Autónomas de distintas competencias mediante la ejecución y el desarrollo de las mismas otorgan al sector un nuevo status jurídico y sienta las bases para su declaración de servicio esencial de titularidad estatal en la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones.

The execution of the 1945 contract between the State and Telephone Company is a very important change due to the will of the State nacionalize the capital of the company. This issue together with others such as the hardening of its sanctioning system for breach of contractual clauses or the government’s plan to reorganize the sector caused the erosion of relations between both subjects affecting the evolution of the sector. During the sixties decade the sector was restructured to promote other services. It was proposed the approval of a national law that would eliminate the existing regulatory dispersion and integrate the legal regulation of the different services. Along the decade of the seventy the sector again undergoes substantial modifications. The approval the Spanish Constitution provides essential changes to the legal regime of the telephone sector by including article 149.1.21. The content of this article transforms it into a matter of constitutional category because until now it was regulated by regulatory norms, together the reservation in exclusive of its regulation by the State and the attribution of power of execution and development to the autonomous communities grant to the sector a new juridical status that lays the bases for the declaration of public service in the Law 31/1987, of december 18, Telecommunications management.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. LAS PRIMERAS MEDIDAS DIRIGIDAS A REORDENAR EL SECTOR
1. La Ley de 31 de diciembre de 1945: La nacionalización del capital de la CTNE
2. El Decreto de 31 de octubre de 1946: Un nuevo contrato para el sector
III. LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES SOBRE EL SERVICIO TELEFÓNICO
IV. LA CONSOLIDACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO
V. EL NACIMIENTO DE LA TELEFONÍA MÓVIL
VI. LAS APORTACIONES DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA AL SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO Y SU DIMENSIÓN AUTONÓMICA


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 281 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior