Diccionario panhispánico del español jurídico

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El ámbito de operatividad del principio de prevalencia: algunas certezas, riesgos inevitables y muchas dudas (A propósito de la doctrina derivada de la serie jurisprudencial iniciada por la STC 102/2016, de 25 de mayo)

por Setuáin Mendía, Beatriz

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2018
Ver otros artículos del mismo número: 47

La STC 102/2016, de 25 de mayo inicia una serie jurisprudencial que parece revivificar la regla constitucional de prevalencia de la legislación estatal sobre la autonómica en caso de conflicto. Sin embargo, las fuertes discrepancias existente en el seno del intérprete constitucional, unidas a las numerosas incertidumbres que aún le acompaña suscitan dudas sobre su consolidación y operatividad.

STC 102/2016, May 25th, starts a jurisprudential series that seems to revive the constitutional prevalence rule. However, the discrepancies and the uncertainties, raise doubts about its consolidation and operativity.

Tabla de Contenidos

I- UNA CONSTATACIÓN TEMPRANA: LA STC 102/2016, DE 25 DE MAYO, EXPRESA UN NUEVO JUICIO SOBRE LA PREVALENCIA QUE EXCEDE EL OBJETO MATERIAL DE LA CUESTIÓN PLANTEADA
II. LA REGLA DE PREVALENCIA: REIVINDICACIÓN DESDE VARIOS ÁMBITOS FRENTE A LOS ESTRECHOS MÁRGENES RECONOCIDOS POR EL TC. EL ÚLTIMO IMPULSO FORMULADO POR ÉSTE
III- CONDICIONES DE LA NUEVA JURISPRUDENCIA. EN PARTICULAR, LA LIMITACIÓN INICIAL, POSTERIORMENTE SUPRIMIDA, A LOS SUPUESTOS DE LEGES REPETITAE: UNA GENERALIZACIÓN APARENTE NO EXENTA DE DUDAS
1- Primera limitación: los supuestos de inconstitucionalidad mediata sobrevenida. Posibles flexibilizaciones
1.1.- La nueva doctrina se refiere a supuestos de presunta inconstitucionalidad mediata por colisión entre una Ley básica estatal y una Ley autonómica, sin que parezca existir suficiente inconveniente jurídico para aplicarla a otros supuestos
1.2.- La nueva doctrina se ciñe a supuestos de incompatibilidad sobrevenida: la prevalencia como solución en los casos de mantenimiento del conflicto por inacción autonómica
2- Segunda limitación. Los supuestos de leges repetitae: conflicto inarmonizable entre una ley básica estatal y otra autonómica ¿de desarrollo? Extensión de la doctrina
2.1.- El TC identifica los supuestos de leges repetitae con inejercicio competencial por parte de la Comunidad Autónoma. Las dudas más que razonables sobre este argumento
2.1.1.- En la hipótesis del inejercicio competencial: mandato básico estatal inserto en norma autonómica vs precepto inconstitucional por vicio de incompetencia. En ningún caso el argumento del TC explica la necesidad de aplicar la regla de prevalencia
2.1.2.- En la hipótesis del ejercicio competencial: una valoración correcta con la que tampoco encaja el razonamiento del TC
2.1.3.- La conclusión de este enredo argumentativo: el temor del TC a modificar definitivamente su doctrina sobre la prevalencia
2.2.- La eliminación de este límite: la amplificación de la doctrina por la vía de hecho que sigue sin explicarse razonablemente
IV- UNA PARTICULARIDAD REMARCABLE: LA ADMINISTRACIÓN COMO OPERADOR JURÍDICO PRIMARIO PUEDE DECIDIR DIRECTAMENTE LA INAPLICACIÓN DE LA NORMA AUTONÓMICA
V. ¿Y A PARTIR DE AHORA?
BIBLIOGRAFÍA


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La STC 102/2016, de 25 de mayo inicia una serie jurisprudencial que parece revivificar la regla constitucional de prevalencia de la legislación estatal sobre la autonómica en caso de conflicto. Sin embargo, las fuertes discrepancias existente en el seno del intérprete constitucional, unidas a las numerosas incertidumbres que aún le acompaña suscitan dudas sobre su consolidación y operatividad.

STC 102/2016, May 25th, starts a jurisprudential series that seems to revive the constitutional prevalence rule. However, the discrepancies and the uncertainties, raise doubts about its consolidation and operativity.

Tabla de Contenidos

I- UNA CONSTATACIÓN TEMPRANA: LA STC 102/2016, DE 25 DE MAYO, EXPRESA UN NUEVO JUICIO SOBRE LA PREVALENCIA QUE EXCEDE EL OBJETO MATERIAL DE LA CUESTIÓN PLANTEADA
II. LA REGLA DE PREVALENCIA: REIVINDICACIÓN DESDE VARIOS ÁMBITOS FRENTE A LOS ESTRECHOS MÁRGENES RECONOCIDOS POR EL TC. EL ÚLTIMO IMPULSO FORMULADO POR ÉSTE
III- CONDICIONES DE LA NUEVA JURISPRUDENCIA. EN PARTICULAR, LA LIMITACIÓN INICIAL, POSTERIORMENTE SUPRIMIDA, A LOS SUPUESTOS DE LEGES REPETITAE: UNA GENERALIZACIÓN APARENTE NO EXENTA DE DUDAS
1- Primera limitación: los supuestos de inconstitucionalidad mediata sobrevenida. Posibles flexibilizaciones
1.1.- La nueva doctrina se refiere a supuestos de presunta inconstitucionalidad mediata por colisión entre una Ley básica estatal y una Ley autonómica, sin que parezca existir suficiente inconveniente jurídico para aplicarla a otros supuestos
1.2.- La nueva doctrina se ciñe a supuestos de incompatibilidad sobrevenida: la prevalencia como solución en los casos de mantenimiento del conflicto por inacción autonómica
2- Segunda limitación. Los supuestos de leges repetitae: conflicto inarmonizable entre una ley básica estatal y otra autonómica ¿de desarrollo? Extensión de la doctrina
2.1.- El TC identifica los supuestos de leges repetitae con inejercicio competencial por parte de la Comunidad Autónoma. Las dudas más que razonables sobre este argumento
2.1.1.- En la hipótesis del inejercicio competencial: mandato básico estatal inserto en norma autonómica vs precepto inconstitucional por vicio de incompetencia. En ningún caso el argumento del TC explica la necesidad de aplicar la regla de prevalencia
2.1.2.- En la hipótesis del ejercicio competencial: una valoración correcta con la que tampoco encaja el razonamiento del TC
2.1.3.- La conclusión de este enredo argumentativo: el temor del TC a modificar definitivamente su doctrina sobre la prevalencia
2.2.- La eliminación de este límite: la amplificación de la doctrina por la vía de hecho que sigue sin explicarse razonablemente
IV- UNA PARTICULARIDAD REMARCABLE: LA ADMINISTRACIÓN COMO OPERADOR JURÍDICO PRIMARIO PUEDE DECIDIR DIRECTAMENTE LA INAPLICACIÓN DE LA NORMA AUTONÓMICA
V. ¿Y A PARTIR DE AHORA?
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