Diccionario panhispánico del español jurídico

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Consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros de la Unión Europea: la Decisión Marco 2008/675/JAI, de 24 de julio de 2008

por Sanz Hermida, Ágata María

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2009
Ver otros artículos del mismo número: 17

Se señala al inicio de esta Decisión que al contrario de lo que sucede habitualmente con las Decisiones Marco, el objeto de esta Decisión no es armonizar las legislaciones procesales-penales de los Estados miembros en relación con los efectos de las resoluciones condenatorias de otros Estados miembros, ni otorgarles carácter ejecutorio en el ámbito de la UE, sino que su finalidad se circunscribe a “permitir que se puedan vincular consecuencias a una condena anterior pronunciada en un Estado miembro con motivo de un nuevo proceso penal en otro Estado miembro, en la medida que dichas consecuencias están vinculadas a penas nacionales previas con arreglo al Derecho de ese otro Estado miembro”. Es pues, una Decisión “de mínimos” tendente a procurar que los Estados miembros puedan tener en cuenta las condenas dictadas por otros Estados miembros [...]

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. CONSIDERACIÓN DE UNA CONDENA PRONUNCIADA EN OTRO ESTADO MIEMBRO CON MOTIVO DE UN NUEVO PROCESO PENAL
1. Requisitos
2. Efectos


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Se señala al inicio de esta Decisión que al contrario de lo que sucede habitualmente con las Decisiones Marco, el objeto de esta Decisión no es armonizar las legislaciones procesales-penales de los Estados miembros en relación con los efectos de las resoluciones condenatorias de otros Estados miembros, ni otorgarles carácter ejecutorio en el ámbito de la UE, sino que su finalidad se circunscribe a “permitir que se puedan vincular consecuencias a una condena anterior pronunciada en un Estado miembro con motivo de un nuevo proceso penal en otro Estado miembro, en la medida que dichas consecuencias están vinculadas a penas nacionales previas con arreglo al Derecho de ese otro Estado miembro”. Es pues, una Decisión “de mínimos” tendente a procurar que los Estados miembros puedan tener en cuenta las condenas dictadas por otros Estados miembros [...]

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II. CONSIDERACIÓN DE UNA CONDENA PRONUNCIADA EN OTRO ESTADO MIEMBRO CON MOTIVO DE UN NUEVO PROCESO PENAL
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