Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sentencia núm. 1359/2009, de 4-1. Recurso de casación 1341/2009. Desestima el recurso. Ponente: Magistrado D. Enrique Bacigalupo. DELITO DE ESTAFA POR OMISIÓN COMETIDO POR UN MANDATARIO (art. 248.1 CP): el mandatario tiene la función de obtener el mayor precio posible para su mandante, informando a éste de las condiciones reales del negocio, protegiendo así la confianza del mandante; imposibilidad de aplicación del art. 250.7º CP en un caso, como el que se resuelve, en el que el abuso de confianza es un elemento del engaño

por Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1ª)

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2010
Ver otros artículos del mismo número: 21

La recurrente, que había sido condenada en la instancia como autora de un delito de estafa, alegaba en su recurso la infracción, por aplicación indebida, del art. 250.7º CP (“abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador”), dándole la razón la STS, explicando que la Audiencia había entendido correctamente que los elementos del art. 250.7º CP se daban en el presente caso, aunque sin explicar suficientemente el fundamento de su decisión [...]


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La recurrente, que había sido condenada en la instancia como autora de un delito de estafa, alegaba en su recurso la infracción, por aplicación indebida, del art. 250.7º CP (“abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador”), dándole la razón la STS, explicando que la Audiencia había entendido correctamente que los elementos del art. 250.7º CP se daban en el presente caso, aunque sin explicar suficientemente el fundamento de su decisión [...]


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