Diccionario panhispánico del español jurídico

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Jurisprudencia

por Pérez Tortosa, Francesc

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2012
Ver otros artículos del mismo número: 27

La Corte Constitucional Italiana, mediante su Orden 95/2012, se pronuncia en relación a las condiciones de la asistencia jurídica a cargo del Estado. Considera la legitimidad constitucional del artículo 91, apartado 1, letra a) del Decreto del Presidente de 20 de mayo de 2002, texto refundido de las disposiciones legislativas y los reglamentos relativos a costos legales que excluye de la asistencia letrada a cargo del Estado a aquellos que han sido imputados por delitos cometidos en materia tributaria. Ahora bien, en dichos supuestos, el órgano jurisdiccional se debe pronunciar sobre el umbral máximo de renta para -pese a la prohibición general en este tipo de delitos- poder conceder la asistencia jurídica gratuita al imputado. Un Tribunal de Lecce plantea cuestiones sobre el umbral, y la Corte Constituzionale inadmite las cuestiones en relación a la legitimidad constitucional del artículo 91, considerando que debe ser el órgano jurisdiccional competente quién determine la cuantía y circunstancias en las que aquellos individuos inmersos en delitos relacionados con el erario público puedan beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita [...]

Tabla de Contenidos

I. Orden n ° 95/2012 tribunal constitucional, relativo a las condiciones de admisión al patronato a los gastos del estado
II. Orden del n ° 93/2012 corte constitucional, posible apelación por adaptación de la inaplicabilidad de las nuevas normas para procedimientos ya pendiente permanente de apelar o ante el tribunal de caso.
III. Sentencia nº 101/2012 tribunal constitucional, revocación del decreto de admisión al patrón a los costos del estado de ciudadano estatal que no pertenecen a la unión europea sujeto a limitaciones de libertad personal


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La Corte Constitucional Italiana, mediante su Orden 95/2012, se pronuncia en relación a las condiciones de la asistencia jurídica a cargo del Estado. Considera la legitimidad constitucional del artículo 91, apartado 1, letra a) del Decreto del Presidente de 20 de mayo de 2002, texto refundido de las disposiciones legislativas y los reglamentos relativos a costos legales que excluye de la asistencia letrada a cargo del Estado a aquellos que han sido imputados por delitos cometidos en materia tributaria. Ahora bien, en dichos supuestos, el órgano jurisdiccional se debe pronunciar sobre el umbral máximo de renta para -pese a la prohibición general en este tipo de delitos- poder conceder la asistencia jurídica gratuita al imputado. Un Tribunal de Lecce plantea cuestiones sobre el umbral, y la Corte Constituzionale inadmite las cuestiones en relación a la legitimidad constitucional del artículo 91, considerando que debe ser el órgano jurisdiccional competente quién determine la cuantía y circunstancias en las que aquellos individuos inmersos en delitos relacionados con el erario público puedan beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita [...]

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I. Orden n ° 95/2012 tribunal constitucional, relativo a las condiciones de admisión al patronato a los gastos del estado
II. Orden del n ° 93/2012 corte constitucional, posible apelación por adaptación de la inaplicabilidad de las nuevas normas para procedimientos ya pendiente permanente de apelar o ante el tribunal de caso.
III. Sentencia nº 101/2012 tribunal constitucional, revocación del decreto de admisión al patrón a los costos del estado de ciudadano estatal que no pertenecen a la unión europea sujeto a limitaciones de libertad personal


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