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Interrogatorio por un órgano jurisdiccional de un Estado miembro de un testigo que es parte en el procedimiento y reside en otro Estado miembro conforme a la normativa interna
En su Sentencia de 6 de septiembre de 2012 (asunto C-170/111 ), que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos), en el procedimiento entre Maurice Robert Josse Marie Ghislain Lippens y otros, la Sala Primera del TJCE ha declarado que el Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil permite al órgano jurisdiccional competente de un Estado miembro, que desea interrogar en calidad de testigo a una parte residente en otro Estado miembro, citarle ante él e interrogarle con arreglo a su Derecho interno [...]
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En su Sentencia de 6 de septiembre de 2012 (asunto C-170/111 ), que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos), en el procedimiento entre Maurice Robert Josse Marie Ghislain Lippens y otros, la Sala Primera del TJCE ha declarado que el Reglamento (CE) nº 1206/2001 del Consejo, de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil permite al órgano jurisdiccional competente de un Estado miembro, que desea interrogar en calidad de testigo a una parte residente en otro Estado miembro, citarle ante él e interrogarle con arreglo a su Derecho interno [...]