Diccionario panhispánico del español jurídico

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Tomando la prueba, (los viejos y los nuevos derechos), en serio. A propósito de una Sentencia de la Audiencia Nacional (P.O. 439/2012)

por Prada García, Aurelio de

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2016
Ver otros artículos del mismo número: 39

La aparición en los últimos tiempos de nuevos derechos ha llevado a considerar que estaríamos asistiendo a la emergencia de un nuevo Derecho. No hay sin embargo, hoy por hoy, especificación de la relación entre ese nuevo Derecho (y los nuevos derechos) con el viejo Derecho (y los viejos derechos). En concreto, si ese nuevo Derecho implicaría o no la “superación”, por así decirlo, del viejo Derecho. Así las cosas, en este trabajo, utilizando un caso concreto sobre el derecho a la prueba, se defiende la tesis de que la aparición de nuevos derechos y de un nuevo Derecho no implica en absoluto que el viejo Derecho y los viejos derechos estén garantizados sino más bien todo lo contrario: hay que seguir luchando para que, parafraseando a Dworkin, el nuevo y el viejo Derecho, los nuevos y los viejos derechos sean tomados en serio.

The appearance of new rights in the last number of years has led to the opinion that a new Law would be emerging. There is, however, to this day, no specification about the relationship between that new Law (and the new rights) and the old Law (and the old rights): whether that new Law would outdo, so to speak, the old Law or not. Things being so, in this work, making use of a case concerning the right to evidence, we will defend the theory that the appearance of a new Law and new rights does not at all mean that the old Law and the old rights are guaranteed. It is necessary to keep up the struggle so that, paraphrasing Dworkin, the new and old Law, new and old rights be taken seriously.

Tabla de Contenidos

1.- Introducción
2. El derecho a la prueba
3. El derecho en acción
4. A modo de conclusión: Tomando la prueba (los viejos y los nuevos derechos) en serio


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La aparición en los últimos tiempos de nuevos derechos ha llevado a considerar que estaríamos asistiendo a la emergencia de un nuevo Derecho. No hay sin embargo, hoy por hoy, especificación de la relación entre ese nuevo Derecho (y los nuevos derechos) con el viejo Derecho (y los viejos derechos). En concreto, si ese nuevo Derecho implicaría o no la “superación”, por así decirlo, del viejo Derecho. Así las cosas, en este trabajo, utilizando un caso concreto sobre el derecho a la prueba, se defiende la tesis de que la aparición de nuevos derechos y de un nuevo Derecho no implica en absoluto que el viejo Derecho y los viejos derechos estén garantizados sino más bien todo lo contrario: hay que seguir luchando para que, parafraseando a Dworkin, el nuevo y el viejo Derecho, los nuevos y los viejos derechos sean tomados en serio.

The appearance of new rights in the last number of years has led to the opinion that a new Law would be emerging. There is, however, to this day, no specification about the relationship between that new Law (and the new rights) and the old Law (and the old rights): whether that new Law would outdo, so to speak, the old Law or not. Things being so, in this work, making use of a case concerning the right to evidence, we will defend the theory that the appearance of a new Law and new rights does not at all mean that the old Law and the old rights are guaranteed. It is necessary to keep up the struggle so that, paraphrasing Dworkin, the new and old Law, new and old rights be taken seriously.

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1.- Introducción
2. El derecho a la prueba
3. El derecho en acción
4. A modo de conclusión: Tomando la prueba (los viejos y los nuevos derechos) en serio


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