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SAP Murcia. Valoración de la prueba y principio de inmediación
Habiendo visto, en grado de apelación, la Sección Segunda de esta Ilustrísima Audiencia Provincial, el Juicio Oral nº 265/2010 que, por delito de contra la Hacienda Pública, se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Dos de Murcia, y, antes, en el Juzgado de Instrucción núm. Uno de Murcia, como Diligencias Previas 3361/2007, Procedimiento Abreviado 65/2008, contra D. Felipe, contra D. Amador y como responsable civil la mercantil Frutas Vero, S.L., todos representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Isidoro Gálvez Manteca y asistidos por el Letrado Sr. Valdés Albistur. Compareció a juicio asimismo la administración concursal designada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia con ocasión de la declaración del concurso de la entidad Frutas Vero, S.L. representada y asistida de la Letrada Sra. González Pina; como acusación particular la Hacienda Pública estatal representada y defendida por la Abogacía del Estado y como parte institucional en ejercicio de la acción penal pública, el Ministerio Fiscal y todos ellos actúan como parte apelante y parte apelada [...]
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Habiendo visto, en grado de apelación, la Sección Segunda de esta Ilustrísima Audiencia Provincial, el Juicio Oral nº 265/2010 que, por delito de contra la Hacienda Pública, se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Dos de Murcia, y, antes, en el Juzgado de Instrucción núm. Uno de Murcia, como Diligencias Previas 3361/2007, Procedimiento Abreviado 65/2008, contra D. Felipe, contra D. Amador y como responsable civil la mercantil Frutas Vero, S.L., todos representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Isidoro Gálvez Manteca y asistidos por el Letrado Sr. Valdés Albistur. Compareció a juicio asimismo la administración concursal designada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia con ocasión de la declaración del concurso de la entidad Frutas Vero, S.L. representada y asistida de la Letrada Sra. González Pina; como acusación particular la Hacienda Pública estatal representada y defendida por la Abogacía del Estado y como parte institucional en ejercicio de la acción penal pública, el Ministerio Fiscal y todos ellos actúan como parte apelante y parte apelada [...]