Diccionario panhispánico del español jurídico

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Los efectos de la STJUE Gutiérrez Naranjo a la luz de la jurisprudencia

por Sande Mayo, María Jesús

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 43

Desde que en mayo de 2013 el Tribunal Supremo declarase el carácter abusivo de determinadas cláusulas suelo por no ser transparentes, limitando la devolución de cantidades indebidamente cobradas con efectos ex nunc, el tema no ha dejado de estar de actualidad; adquiriendo mayor protagonismo tras la STJUE de 21 de diciembre, asunto Gutiérrez Naranjo, que declaró la incompatibilidad de la doctrina del Tribunal Supremo con el artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE. A la vista del panorama descrito, en las presentes líneas abordaremos algunas de las cuestiones más problemáticas que se plantean en la práctica en torno a la devolución de cantidades, diferenciando las distintas situaciones en las que se puede encontrar el adherente afectado.

Tabla de Contenidos

1. LAS CLÁUSULAS SUELO
2. EL DOBLE CONTROL DE TRANSPARENCIA APLICABLE A LAS CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN QUE FORMAN PARTE DEL OBJETO PRINCIPAL DEL CONTRATO
2.1. Los efectos de la ausencia de transparencia
2.2. El ámbito subjetivo del control de transparencia
3. LA INEFICACIA DE LAS CLÁUSULAS SUELO INSERTAS EN CONTRATOS SUSCRITOS CON EMPRESARIOS
4. LA LIMITACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE LA CLÁUSULA SUELO
5. LA STJUE DE 21 DE DICIEMBRE DE 2016, ASUNTO GUTIÉRREZ NARANJO Y SUS EFECTOS
5.1. El Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero
5.2. Consumidores que "no" podrán beneficiarse de la Sentencia Gutiérrez Naranjo
5.2.1 Los consumidores que hayan negociado la cláusula suelo
5.2.2. Los consumidores que hayan obtenido una sentencia firme: la improcedencia del recurso de revisión
5.3. Consumidores que "sí" podrán beneficiarse de la Sentencia Gutiérrez Naranjo
5.3.1. Los consumidores que aún no hubieran reclamado judicialmente y aquéllos en los que el procedimiento aún se encuentre pendiente
5.3.2. Los consumidores a los que se le hubiera eliminado la cláusula como consecuencia de la estimación de una acción colectiva de cesación
5.3.3. Los consumidores que hubieran acordado con la entidad financiera la novación modificativa de la cláusula suelo a cambio de la renuncia de acciones frente a la entidad


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Desde que en mayo de 2013 el Tribunal Supremo declarase el carácter abusivo de determinadas cláusulas suelo por no ser transparentes, limitando la devolución de cantidades indebidamente cobradas con efectos ex nunc, el tema no ha dejado de estar de actualidad; adquiriendo mayor protagonismo tras la STJUE de 21 de diciembre, asunto Gutiérrez Naranjo, que declaró la incompatibilidad de la doctrina del Tribunal Supremo con el artículo 6 de la Directiva 93/13/CEE. A la vista del panorama descrito, en las presentes líneas abordaremos algunas de las cuestiones más problemáticas que se plantean en la práctica en torno a la devolución de cantidades, diferenciando las distintas situaciones en las que se puede encontrar el adherente afectado.

Tabla de Contenidos

1. LAS CLÁUSULAS SUELO
2. EL DOBLE CONTROL DE TRANSPARENCIA APLICABLE A LAS CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN QUE FORMAN PARTE DEL OBJETO PRINCIPAL DEL CONTRATO
2.1. Los efectos de la ausencia de transparencia
2.2. El ámbito subjetivo del control de transparencia
3. LA INEFICACIA DE LAS CLÁUSULAS SUELO INSERTAS EN CONTRATOS SUSCRITOS CON EMPRESARIOS
4. LA LIMITACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE LA CLÁUSULA SUELO
5. LA STJUE DE 21 DE DICIEMBRE DE 2016, ASUNTO GUTIÉRREZ NARANJO Y SUS EFECTOS
5.1. El Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero
5.2. Consumidores que "no" podrán beneficiarse de la Sentencia Gutiérrez Naranjo
5.2.1 Los consumidores que hayan negociado la cláusula suelo
5.2.2. Los consumidores que hayan obtenido una sentencia firme: la improcedencia del recurso de revisión
5.3. Consumidores que "sí" podrán beneficiarse de la Sentencia Gutiérrez Naranjo
5.3.1. Los consumidores que aún no hubieran reclamado judicialmente y aquéllos en los que el procedimiento aún se encuentre pendiente
5.3.2. Los consumidores a los que se le hubiera eliminado la cláusula como consecuencia de la estimación de una acción colectiva de cesación
5.3.3. Los consumidores que hubieran acordado con la entidad financiera la novación modificativa de la cláusula suelo a cambio de la renuncia de acciones frente a la entidad


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