Diccionario panhispánico del español jurídico

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La portee de la liberte d’expression dans la jurisprudence du Tribunal Constitutionnel espagnol et de la Cour Europeenne des Droits de L’homme

por Rodríguez Coarasa, Cristina

Artículo
ISSN: 1988-5091
Madrid Iustel 2010
Ver otros artículos del mismo número: 7

La libertad de expresión aparece regulada en el artículo 20 de la Constitución española y en el artículo 10 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, disposiciones que presentan una característica común: la posición preferente de la libertad de expresión.
En efecto, la libertad de expresión ocupa una posición especial o privilegiada por ser coesencial a la democracia y al pluralismo.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se inspira en esta concepción en sus tres grandes leading cases en materia de libertad de expresión. Se trata de la Sentencia de 27 de diciembre de 1976 (asunto Handyside c. Reino Unido); la del 26 de abril de 1979 (asunto Sunday Times c. Reino Unido); y la de 6 de julio de 1986 (asunto Lingens c. Austria).
Por su parte, el Tribunal Constitucional español ha establecido que la libertad de expresión asegura el mantenimiento de una comunicación pública libre, sin la cual quedarían vaciados de contenido real otros derechos que la Constitución consagra así como las instituciones representativas y, además, quedaría absolutamente desnaturalizado el principio de legitimidad democrática.

Freedom of expression is regulated in article 20 of the Spanish Constitution and article 10 of the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms, provisions have one common feature: the preferred position of freedom of expression. Indeed, freedom of expression has a special emphasis or privileged to be co-essential to democracy and pluralism.
The European Court of Human Rights is based on this concept in three leading cases on freedom of expression. This is the Judgement of December 27, 1976 (Case Handyside v. United Kingdom), that of April 26, 1979 (Case Sunday Times v. United Kingdom), and that of July 6, 1986 (Case Lingens v. Austria).
For its part, the Spanish Constitutional Court has established that freedom of expression ensures the maintenance of free public communication, without which it would be emptied of real content other rights that the Constitution and representative institutions and, moreover, would be absolutely unnatural the principle of democratic legitimacy.

Tabla de Contenidos

I. El alcance constitucional de la libertad de expresión
II. La libertad de expresión en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
III. La publicidad electoral
IV. La libertad de expresión y de información en conexión con el derecho de acceso a los cargos públicos.


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La libertad de expresión aparece regulada en el artículo 20 de la Constitución española y en el artículo 10 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, disposiciones que presentan una característica común: la posición preferente de la libertad de expresión.
En efecto, la libertad de expresión ocupa una posición especial o privilegiada por ser coesencial a la democracia y al pluralismo.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se inspira en esta concepción en sus tres grandes leading cases en materia de libertad de expresión. Se trata de la Sentencia de 27 de diciembre de 1976 (asunto Handyside c. Reino Unido); la del 26 de abril de 1979 (asunto Sunday Times c. Reino Unido); y la de 6 de julio de 1986 (asunto Lingens c. Austria).
Por su parte, el Tribunal Constitucional español ha establecido que la libertad de expresión asegura el mantenimiento de una comunicación pública libre, sin la cual quedarían vaciados de contenido real otros derechos que la Constitución consagra así como las instituciones representativas y, además, quedaría absolutamente desnaturalizado el principio de legitimidad democrática.

Freedom of expression is regulated in article 20 of the Spanish Constitution and article 10 of the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms, provisions have one common feature: the preferred position of freedom of expression. Indeed, freedom of expression has a special emphasis or privileged to be co-essential to democracy and pluralism.
The European Court of Human Rights is based on this concept in three leading cases on freedom of expression. This is the Judgement of December 27, 1976 (Case Handyside v. United Kingdom), that of April 26, 1979 (Case Sunday Times v. United Kingdom), and that of July 6, 1986 (Case Lingens v. Austria).
For its part, the Spanish Constitutional Court has established that freedom of expression ensures the maintenance of free public communication, without which it would be emptied of real content other rights that the Constitution and representative institutions and, moreover, would be absolutely unnatural the principle of democratic legitimacy.

Tabla de Contenidos

I. El alcance constitucional de la libertad de expresión
II. La libertad de expresión en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
III. La publicidad electoral
IV. La libertad de expresión y de información en conexión con el derecho de acceso a los cargos públicos.


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