Diccionario panhispánico del español jurídico

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El control público del rendimiento escolar (“reválidas”): su polémica pero deseable (re)introducción en el Derecho educativo español

por Díaz Lema, José Manuel

Artículo
ISSN: 1889-0016
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 70
Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN
2. EL CONTROL PÚBLICO DEL RENDIMIENTO ESCOLAR EN EL DERECHO EDUCATIVO ESPAÑOL: DE LA REPÚBLICA A LA LEY ORGÁNICA 8/2013
2.1. La reforma del bachillerato de 1934
2.2. Las leyes de enseñanza media de 1938 y 1953
2.3. El cambio de orientación: la supresión del control público del rendimiento escolar. De la ley 14/1970, de 4 agosto, General de educación y financiamiento de la reforma educativa, a la ley orgánica 8/2013
3. EL CONTROL PÚBLICO DEL RENDIMIENTO ESCOLAR, PRINCIPIO ESTRUCTURAL DEL DERECHO EDUCATIVO EUROPEO
3.1. Francia, en particular el diploma nacional de bachillerato (“Baccalauréat”)
3.2. Alemania (Abitur)
3.3. Italia (Esame di Stato)
4. LA INTRODUCCIÓN (O REINTRODUCCIÓN) DEL CONTROL PÚBLICO DEL RENDIMIENTO ESCOLAR EN ESPAÑA (LA LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA)
4.1. Los precedentes: evaluaciones generales de diagnóstico, vs. evaluación individual y externa del alumnado
4.2. Las evaluaciones externas de fin de etapa en la ley 8/2013, y sus disposiciones reglamentarias de desarrollo
4.3. Un futuro incierto: la suspensión de la ley de 2013 en virtud del real decreto–ley 5/2016, de 9 diciembre. Las “reválidas” en el contexto territorial-educativo español
5. CONCLUSIÓN


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1. INTRODUCCIÓN
2. EL CONTROL PÚBLICO DEL RENDIMIENTO ESCOLAR EN EL DERECHO EDUCATIVO ESPAÑOL: DE LA REPÚBLICA A LA LEY ORGÁNICA 8/2013
2.1. La reforma del bachillerato de 1934
2.2. Las leyes de enseñanza media de 1938 y 1953
2.3. El cambio de orientación: la supresión del control público del rendimiento escolar. De la ley 14/1970, de 4 agosto, General de educación y financiamiento de la reforma educativa, a la ley orgánica 8/2013
3. EL CONTROL PÚBLICO DEL RENDIMIENTO ESCOLAR, PRINCIPIO ESTRUCTURAL DEL DERECHO EDUCATIVO EUROPEO
3.1. Francia, en particular el diploma nacional de bachillerato (“Baccalauréat”)
3.2. Alemania (Abitur)
3.3. Italia (Esame di Stato)
4. LA INTRODUCCIÓN (O REINTRODUCCIÓN) DEL CONTROL PÚBLICO DEL RENDIMIENTO ESCOLAR EN ESPAÑA (LA LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA)
4.1. Los precedentes: evaluaciones generales de diagnóstico, vs. evaluación individual y externa del alumnado
4.2. Las evaluaciones externas de fin de etapa en la ley 8/2013, y sus disposiciones reglamentarias de desarrollo
4.3. Un futuro incierto: la suspensión de la ley de 2013 en virtud del real decreto–ley 5/2016, de 9 diciembre. Las “reválidas” en el contexto territorial-educativo español
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