Publicación periódica
Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro n. 32, cuarto trimestre 2009
EDITORIAL:
- 2009: Pistoletazo de salida para la jurisprudencia sobre 'el baremo'. Por Javier López y García de la Serrana
DOCTRINA:
- Acción de repetición del Consorcio frente al autor o responsables del siniestro en los casos del Art. 11.3 del Real Decreto Legislativo 8/2004. Por Vicente Magro Servet.
1.- Responsabilidad del Consorcio de compensación de seguros. Art. 11 del R.D. 8/2004, de 29 de Octubre.
2.- El derecho de repetición del Consorcio de Compensación de seguros del art. 11.3 del R.D. 8/2004, de 29 de Octubre.
a) Presupuestos del ejercicio de la acción de repetición.
1.- ¿Contra quién se dirige el derecho de repetición?
2.- Vinculación de los hechos probados en sentencia previa de la que se deriva el derecho de repetición en relación a la inexistencia de aseguramiento o que el vehículo fue objeto de robo o robo de uso.
3.- Responsabilidad del consorcio cuando el vehículo hubiera sido utilizado como instrumento para delinquir y derecho de repetición de aquel frente a los autores.
b) Plazo para el ejercicio de la acción de repetición.
c) La responsabilidad del propietario del vehículo o el conductor causante del siniestro en el caso de ausencia de cobertura o la de los responsables del delito de robo o robo de uso es solidaria.
d) El Consorcio no puede repetir frente a los responsables citados por el pago de los intereses moratorios del art. 20.9 LCS.
e) El Consorcio no puede repetir contra el propietario de un vehículo no asegurado cuando este hubiere sido robado y se cause con este un accidente del que tenga que responder el Consorcio.
f) Título ejecutivo para ejercer el derecho de repetición el Consorcio.
- El nuevo delito de conducción sin permiso (Art. 384 del Código Penal). Por José Manuel de Paúl Velasco.
1.- Orígenes y fines de una reforma
2.- Una ojeada a la historia y al Derecho comparado
3.- La cuestión del bien jurídico protegido
4.- Análisis del tipo.
4.1.- Cuestiones comunes
4.2.- Los supuestos de conducción con el permiso cancelado o retirado
4.3.- La conducción sin haber obtenido permiso o licencia
5.- Conclusión
- Hacia una solución correcta del problema de los daños recíprocos sin culpas probadas. La esperanza abierta por la espléndida STS (Sala 1ª) de 16 de diciembre de 2008. Apostillas y comentario. Por Mariano Medina Crespo.
JURISPRUDENCIA:
Tribunal Supremo
RESPONSABILIDAD CIVIL:
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 5 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD civil: Responsabilidad civil extracontractual de dos profesores y monitora y de sociedades cooperativas –centro de educación especial y centro de naturaleza– por caída desde un puente de un menor con disminución psíquica del 34%, que le ocasiona secuelas importantes
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 11 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Exoneración de la aseguradora que cubría la responsabilidad civil de la sociedad en caso de accidente de uno de sus socios. Conforme a las cláusulas del contrato, el socio no tiene condición de tercero a los efectos de cobertura del seguro
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 12 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Responsabilidad de la cooperativa empleadora y de su aseguradora en un accidente laboral con resultado de muerte. Es cláusula limitativa de derechos la que establece un máximo de 10.000.000 de pesetas por víctima. Para que surta efecto ésta, debió ser expresamente aceptada por el asegurado, previo conocimiento y suficiente información de los derechos o beneficios que resultaban de la póliza
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 20 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Requisitos para poder estimar la concurrencia de culpas ante la producción de un accidente de tráfico. Es necesario que las distintas conductas coadyuvantes sean determinantes de la causa del accidente
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 20 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD civil: En el ámbito de la responsabilidad médica debe descartarse la responsabilidad objetiva. El criterio de imputación del art. 1902 CC se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración de la relación o nexo de causalidad y de la culpa. La responsabilidad fundada en la Ley de Consumidores no afecta a los actos médicos
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 3ª) de 1 de diciembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Responsabilidad patrimonial. Daños y perjuicios derivados de accidente en motocicleta que se imputan a un charco de agua no señalizado. Impacto contra viga de sujeción del quitamiedos o bionda. Nexo causal.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo social) de 24 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Mejoras de Seguridad Social. Contrato de seguro. Interpretación de la póliza. Debe hacerse en atención a la intención de las partes, que era cubrir los riesgos definidos en el Convenio Colectivo. Cláusulas oscuras. Cláusulas limitativas de derechos. Nulidad si no son claras y no están destacadas en el lugar adecuado
PERLAS CULTIVADAS:
- Pronunciamientos relevantes. Por José Mª Hernández-Carrillo Fuentes
ENTREVISTA:
- Vicente Tovar Sabio. Por María del Carmen Ruiz-Matas Roldán
LEGISLACIÓN:
- Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
NOTICIAS Y ACTIVIDADES:
- Seminario Internacional de Responsabilidad Civil. Marzo. Málaga
- XXVI Congreso de Derecho de la Circulación. Abril. Madrid
- Formato: PDF
- Número de páginas: 132
Action | Número | Título del número | Licencias | Reservas | Tamaño |
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EDITORIAL:
- 2009: Pistoletazo de salida para la jurisprudencia sobre 'el baremo'. Por Javier López y García de la Serrana
DOCTRINA:
- Acción de repetición del Consorcio frente al autor o responsables del siniestro en los casos del Art. 11.3 del Real Decreto Legislativo 8/2004. Por Vicente Magro Servet.
1.- Responsabilidad del Consorcio de compensación de seguros. Art. 11 del R.D. 8/2004, de 29 de Octubre.
2.- El derecho de repetición del Consorcio de Compensación de seguros del art. 11.3 del R.D. 8/2004, de 29 de Octubre.
a) Presupuestos del ejercicio de la acción de repetición.
1.- ¿Contra quién se dirige el derecho de repetición?
2.- Vinculación de los hechos probados en sentencia previa de la que se deriva el derecho de repetición en relación a la inexistencia de aseguramiento o que el vehículo fue objeto de robo o robo de uso.
3.- Responsabilidad del consorcio cuando el vehículo hubiera sido utilizado como instrumento para delinquir y derecho de repetición de aquel frente a los autores.
b) Plazo para el ejercicio de la acción de repetición.
c) La responsabilidad del propietario del vehículo o el conductor causante del siniestro en el caso de ausencia de cobertura o la de los responsables del delito de robo o robo de uso es solidaria.
d) El Consorcio no puede repetir frente a los responsables citados por el pago de los intereses moratorios del art. 20.9 LCS.
e) El Consorcio no puede repetir contra el propietario de un vehículo no asegurado cuando este hubiere sido robado y se cause con este un accidente del que tenga que responder el Consorcio.
f) Título ejecutivo para ejercer el derecho de repetición el Consorcio.
- El nuevo delito de conducción sin permiso (Art. 384 del Código Penal). Por José Manuel de Paúl Velasco.
1.- Orígenes y fines de una reforma
2.- Una ojeada a la historia y al Derecho comparado
3.- La cuestión del bien jurídico protegido
4.- Análisis del tipo.
4.1.- Cuestiones comunes
4.2.- Los supuestos de conducción con el permiso cancelado o retirado
4.3.- La conducción sin haber obtenido permiso o licencia
5.- Conclusión
- Hacia una solución correcta del problema de los daños recíprocos sin culpas probadas. La esperanza abierta por la espléndida STS (Sala 1ª) de 16 de diciembre de 2008. Apostillas y comentario. Por Mariano Medina Crespo.
JURISPRUDENCIA:
Tribunal Supremo
RESPONSABILIDAD CIVIL:
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 5 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD civil: Responsabilidad civil extracontractual de dos profesores y monitora y de sociedades cooperativas –centro de educación especial y centro de naturaleza– por caída desde un puente de un menor con disminución psíquica del 34%, que le ocasiona secuelas importantes
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 11 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Exoneración de la aseguradora que cubría la responsabilidad civil de la sociedad en caso de accidente de uno de sus socios. Conforme a las cláusulas del contrato, el socio no tiene condición de tercero a los efectos de cobertura del seguro
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 12 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Responsabilidad de la cooperativa empleadora y de su aseguradora en un accidente laboral con resultado de muerte. Es cláusula limitativa de derechos la que establece un máximo de 10.000.000 de pesetas por víctima. Para que surta efecto ésta, debió ser expresamente aceptada por el asegurado, previo conocimiento y suficiente información de los derechos o beneficios que resultaban de la póliza
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 20 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Requisitos para poder estimar la concurrencia de culpas ante la producción de un accidente de tráfico. Es necesario que las distintas conductas coadyuvantes sean determinantes de la causa del accidente
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 20 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD civil: En el ámbito de la responsabilidad médica debe descartarse la responsabilidad objetiva. El criterio de imputación del art. 1902 CC se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración de la relación o nexo de causalidad y de la culpa. La responsabilidad fundada en la Ley de Consumidores no afecta a los actos médicos
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 3ª) de 1 de diciembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Responsabilidad patrimonial. Daños y perjuicios derivados de accidente en motocicleta que se imputan a un charco de agua no señalizado. Impacto contra viga de sujeción del quitamiedos o bionda. Nexo causal.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo social) de 24 de noviembre de 2009. RESPONSABILIDAD CIVIL: Mejoras de Seguridad Social. Contrato de seguro. Interpretación de la póliza. Debe hacerse en atención a la intención de las partes, que era cubrir los riesgos definidos en el Convenio Colectivo. Cláusulas oscuras. Cláusulas limitativas de derechos. Nulidad si no son claras y no están destacadas en el lugar adecuado
PERLAS CULTIVADAS:
- Pronunciamientos relevantes. Por José Mª Hernández-Carrillo Fuentes
ENTREVISTA:
- Vicente Tovar Sabio. Por María del Carmen Ruiz-Matas Roldán
LEGISLACIÓN:
- Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
NOTICIAS Y ACTIVIDADES:
- Seminario Internacional de Responsabilidad Civil. Marzo. Málaga
- XXVI Congreso de Derecho de la Circulación. Abril. Madrid
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