Diccionario panhispánico del español jurídico

Publicación periódica

Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro n. 46, segundo trimestre 2013

por Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro

Publicación periódica
ISSN: 1887-7001
Tabla de Contenidos

EDITORIAL:
- Los 'intocables' del Constitucional. Por Javier López y García de la Serrana

DOCTRINA:
- Causalidad, eficiencia causal, imputación objetiva y reparto de responsabilidades aplicando el régimen de la LRCSCVM: notas a la STS de 10 de septiembre de 2012. Por Fernando Peña López.
1. Planteamiento de la cuestión: responsabilidad objetiva, concurrencia de causas y eficiencia lesiva
2. La prueba de la relación de causalidad en el asunto objeto de la sentencia: el TS afirma que puede aplicarse una «presunción de causalidad» en los regímenes de responsabilidad objetiva por la realización de actividades de riesgo
3. Causalidad material e imputación objetiva: las consecuencias de las imprecisiones técnicas en la doctrina jurídica contenida en la sentencia
4. La prueba de la «eficiencia causal», como la de la imputación objetiva, se consigue acreditando la culpa o negligencia en sentido clásico. Impropiedad de este tipo de elementos dentro del nexo causal de un régimen de responsabilidad por riesgo
5. El criterio de imputación de responsabilidad en el régimen de responsabilidad objetiva del art. 1º LRCSCVM
6. El reparto de responsabilidades cuando no existe ninguna prueba de la conducta de los intervinientes en la colisión de los vehículos

- Responsabilidad civil de las empresas de seguridad privada. Por Gonzalo Iturmendi Morales.
1.- Ámbito conceptual y legal de la seguridad privada.
2.- Requisitos de la responsabilidad civil de la empresa de seguridad.
2.1. Incumplimiento objetivo de alguna obligación de la empresa de seguridad privada y su personal al servicio de la misma.
2.2. Daño.
2.3. Relación de causalidad.
2.4. La culpabilidad.
3.- Actividades, servicios y funciones de la seguridad privada.
3.1. Actividades propiamente dichas y exclusivas de seguridad privada.
3.2. Actividades que no son exclusivas de la seguridad privada.
3.3. Otras actividades.
4.- El requisito de la culpa en la responsabilidad civil de la seguridad privada.-
4.1. El requisito de la autorización administrativa.
4.2. Prohibiciones.
4.3. Principios rectores.
4.4. Secreto profesional, deber de confidencialidad y protección de derechos fundamentales de intimidad y privacidad.
4.4.1. Los límites del orden público.
4.4.2. El deber de denuncia de la comisión de delitos públicos y la omisión de los deberes de impedir determinados delitos o de promover su persecución.
4.4.3 La comparecencia como testigos en un proceso penal.
5.- Lex artis.
6.- Deber de colaboración profesional.
7.- Conclusiones.

- El riesgo en el seguro de vida. Por Sofía Ciudad.
I. Introducción: Concepto y clases de seguro de vida
II. El riesgo en el seguro de vida:
1. La existencia del riesgo en el seguro de vida
2. Tratamiento especial del menor y de los incapacitados
III. Peculiaridades de la estimación del riego en el seguro de vida:
1. El riesgo en el momento de la conclusión del contrato
a) el deber precontractual de declaración del riesgo
b) la incontestabilidad de la póliza
2. El riesgo durante la vida del contrato
IV. Delimitación del riesgo en el seguro de vida
1. El principio de universalidad del riesgo en el seguro de vida
2. Riesgos excluidos y riesgos agravados
3. La cobertura del suicidio.
V. Conclusiones personales

JURISPRUDENCIA:
Tribunal Supremo
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 12 de abril de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Muerte del hijo de los demandantes por una descarga eléctrica mientras limpiaba la piscina de su parcela, porque el mástil del barredor de fondos que utilizaba produjo un arco voltaico con la línea de alta tensión que discurría por encima de la parcela. Responsabilidad de la compañía eléctrica distribuidora por tener el control de seguridad y los beneficios de la explotación
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 22 de abril de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Reclamación a una abogada por la supuesta pérdida de oportunidad ocasionada al interponer una demanda sin solicitar la medida cautelar de anotación preventiva de la misma. Inexistencia de responsabilidad profesional ante la falta de la diligencia exigible en el desempeño de su cometido profesional, pues aplicó los medios que estaban a su alcance, sin que pueda acreditarse una vulneración de la lex artis. Doctrina jurisprudencial sobre responsabilidad de los abogados por frustración de las acciones judiciales.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 22 de abril de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Intromisión ilegítima al honor por la publicación en una revista de fotografías del demandante en compañía de sus hijos menores de edad. Revisión del Tribunal Supremo de la cuantía de la indemnización, elevándola a la cantidad de 5.000 euros respecto al demandante y en 34.500 euros respecto a sus hijos, y ello, teniendo en cuenta el enriquecimiento del demandado como consecuencia de dicha actuación ilegítima.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 24 de mayo de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Muerte del asegurado en accidente de circulación habiendo quedado acreditado que en el momento del siniestro superaba la tasa legal de alcoholemia. Reclamación de los perjudicados de la indemnización pactada en la póliza de seguro de accidentes. Se estima la demanda por importe de 120.500 euros, al entender que el exceso de alcoholemia no demuestra una intencionalidad del asegurado en la producción del siniestro.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 7 de junio de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Se condena a la aseguradora al abono de los intereses moratorios del artículo 20 de la LCS, a pesar de existir incertidumbre sobre la cobertura de la póliza, al entender que la misma había sido creada por la propia aseguradora por la falta de claridad en la redacción de la póliza.

PERLAS CULTIVADAS:
- Pronunciamientos relevantes. Por José Mª Hernández-Carrillo Fuentes

ENTREVISTA A...
- Mª del Carmen García Garnica. Por Mª Carmen Ruiz-Matas Roldán

NOTICIAS:
- La Junta Directiva de la Asociación concede a Juan Antonio Xiol Ríos su Gran Medalla de Oro
- Peopil, Congreso Anual. 12, 13 y 14 de septiembre 2013, Málaga


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EDITORIAL:
- Los 'intocables' del Constitucional. Por Javier López y García de la Serrana

DOCTRINA:
- Causalidad, eficiencia causal, imputación objetiva y reparto de responsabilidades aplicando el régimen de la LRCSCVM: notas a la STS de 10 de septiembre de 2012. Por Fernando Peña López.
1. Planteamiento de la cuestión: responsabilidad objetiva, concurrencia de causas y eficiencia lesiva
2. La prueba de la relación de causalidad en el asunto objeto de la sentencia: el TS afirma que puede aplicarse una «presunción de causalidad» en los regímenes de responsabilidad objetiva por la realización de actividades de riesgo
3. Causalidad material e imputación objetiva: las consecuencias de las imprecisiones técnicas en la doctrina jurídica contenida en la sentencia
4. La prueba de la «eficiencia causal», como la de la imputación objetiva, se consigue acreditando la culpa o negligencia en sentido clásico. Impropiedad de este tipo de elementos dentro del nexo causal de un régimen de responsabilidad por riesgo
5. El criterio de imputación de responsabilidad en el régimen de responsabilidad objetiva del art. 1º LRCSCVM
6. El reparto de responsabilidades cuando no existe ninguna prueba de la conducta de los intervinientes en la colisión de los vehículos

- Responsabilidad civil de las empresas de seguridad privada. Por Gonzalo Iturmendi Morales.
1.- Ámbito conceptual y legal de la seguridad privada.
2.- Requisitos de la responsabilidad civil de la empresa de seguridad.
2.1. Incumplimiento objetivo de alguna obligación de la empresa de seguridad privada y su personal al servicio de la misma.
2.2. Daño.
2.3. Relación de causalidad.
2.4. La culpabilidad.
3.- Actividades, servicios y funciones de la seguridad privada.
3.1. Actividades propiamente dichas y exclusivas de seguridad privada.
3.2. Actividades que no son exclusivas de la seguridad privada.
3.3. Otras actividades.
4.- El requisito de la culpa en la responsabilidad civil de la seguridad privada.-
4.1. El requisito de la autorización administrativa.
4.2. Prohibiciones.
4.3. Principios rectores.
4.4. Secreto profesional, deber de confidencialidad y protección de derechos fundamentales de intimidad y privacidad.
4.4.1. Los límites del orden público.
4.4.2. El deber de denuncia de la comisión de delitos públicos y la omisión de los deberes de impedir determinados delitos o de promover su persecución.
4.4.3 La comparecencia como testigos en un proceso penal.
5.- Lex artis.
6.- Deber de colaboración profesional.
7.- Conclusiones.

- El riesgo en el seguro de vida. Por Sofía Ciudad.
I. Introducción: Concepto y clases de seguro de vida
II. El riesgo en el seguro de vida:
1. La existencia del riesgo en el seguro de vida
2. Tratamiento especial del menor y de los incapacitados
III. Peculiaridades de la estimación del riego en el seguro de vida:
1. El riesgo en el momento de la conclusión del contrato
a) el deber precontractual de declaración del riesgo
b) la incontestabilidad de la póliza
2. El riesgo durante la vida del contrato
IV. Delimitación del riesgo en el seguro de vida
1. El principio de universalidad del riesgo en el seguro de vida
2. Riesgos excluidos y riesgos agravados
3. La cobertura del suicidio.
V. Conclusiones personales

JURISPRUDENCIA:
Tribunal Supremo
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 12 de abril de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Muerte del hijo de los demandantes por una descarga eléctrica mientras limpiaba la piscina de su parcela, porque el mástil del barredor de fondos que utilizaba produjo un arco voltaico con la línea de alta tensión que discurría por encima de la parcela. Responsabilidad de la compañía eléctrica distribuidora por tener el control de seguridad y los beneficios de la explotación
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 22 de abril de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Reclamación a una abogada por la supuesta pérdida de oportunidad ocasionada al interponer una demanda sin solicitar la medida cautelar de anotación preventiva de la misma. Inexistencia de responsabilidad profesional ante la falta de la diligencia exigible en el desempeño de su cometido profesional, pues aplicó los medios que estaban a su alcance, sin que pueda acreditarse una vulneración de la lex artis. Doctrina jurisprudencial sobre responsabilidad de los abogados por frustración de las acciones judiciales.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 22 de abril de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Intromisión ilegítima al honor por la publicación en una revista de fotografías del demandante en compañía de sus hijos menores de edad. Revisión del Tribunal Supremo de la cuantía de la indemnización, elevándola a la cantidad de 5.000 euros respecto al demandante y en 34.500 euros respecto a sus hijos, y ello, teniendo en cuenta el enriquecimiento del demandado como consecuencia de dicha actuación ilegítima.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 24 de mayo de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Muerte del asegurado en accidente de circulación habiendo quedado acreditado que en el momento del siniestro superaba la tasa legal de alcoholemia. Reclamación de los perjudicados de la indemnización pactada en la póliza de seguro de accidentes. Se estima la demanda por importe de 120.500 euros, al entender que el exceso de alcoholemia no demuestra una intencionalidad del asegurado en la producción del siniestro.
- Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª), de 7 de junio de 2013. RESPONSABILIDAD CIVIL: Se condena a la aseguradora al abono de los intereses moratorios del artículo 20 de la LCS, a pesar de existir incertidumbre sobre la cobertura de la póliza, al entender que la misma había sido creada por la propia aseguradora por la falta de claridad en la redacción de la póliza.

PERLAS CULTIVADAS:
- Pronunciamientos relevantes. Por José Mª Hernández-Carrillo Fuentes

ENTREVISTA A...
- Mª del Carmen García Garnica. Por Mª Carmen Ruiz-Matas Roldán

NOTICIAS:
- La Junta Directiva de la Asociación concede a Juan Antonio Xiol Ríos su Gran Medalla de Oro
- Peopil, Congreso Anual. 12, 13 y 14 de septiembre 2013, Málaga


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