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Derechos, proceso y crisis de la justicia discurso de Ingreso en la Real Academia Valenciana de Jurisprudencia y Legislación
El proceso civil, como la justicia, se halla en un momento de crisis. Muy probablemente debido a ello el principio dispositivo, pese a haber informado su estructura desde antiguo, está siendo cuestionado. Y lo está siendo sin una reflexión general y sobre la base de una serie de modificaciones puntuales que podrían conllevar importantes alteraciones en la propia concepción de la jurisdicción, la acción y su instrumento. Estas páginas pretenden acercarse a su historia y a su razón de ser, al derecho a escoger y a sus excepciones. Pero también tienen por objeto advertir sobre sus consecuencias, unas consecuencias que se asocian a la preponderancia de lo público, economía incluida, que se concretan en la previsión de limitaciones diversas para el actor y que se extienden a la actividad judicial a través del incremento de los poderes de oficio y la flexibilización del deber de congruencia.
RECORDANDO:
Pequeñas cosas.
A un procesalista clásico.
EL ACCESO A LA JUSTICIA Y LA NECESARIA COORDINACIÓN ENTRE LA LEY SUSTANCIAL Y LA LEY PROCESAL. Con ocasión
de la acción de jactancia y su cuestionable admisibilidad:
Observaciones iniciales.
SOBRE LOS MODOS DE PRETENDER ANTE LOS TRIBUNALES CIVILES:
Relatividad, máxima accionabilidad y fundamento constitucional.
Un aspecto a considerar: configuración normativa y naturaleza procesal-material.
SOBRE LA VIGENCIA DE LA PARTIDA TERCERA (LEY 46, TÍTULO II):
Con carácter previo.
El problema de su derogación.
Exclusión de la jactancia, tutela judicial de los derechos y creación de órganos administrativos para el
restablecimiento de la legalidad.
LA FACULTAD DE ESCOGER Y EL DEBER DE CONGRUENCIA. A propósito de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
caso-32/12, de 3 de octubre de 2013, y los poderes del juez civil:
De lo privado a lo público, un desplazamiento de doble dirección.
La economía del iudici y las limitaciones al monopolio en el ejercicio de la acción.
Principio de efectividad e intervención judicial de oficio:
Al hilo de eventuales desequilibrios en las relaciones de consumo.
Una equivocación de partida y un dilema final.
CONCLUSIONES.

- Formato: PDF
- Número de páginas: 64
- Tamaño: 812 Kb.
El proceso civil, como la justicia, se halla en un momento de crisis. Muy probablemente debido a ello el principio dispositivo, pese a haber informado su estructura desde antiguo, está siendo cuestionado. Y lo está siendo sin una reflexión general y sobre la base de una serie de modificaciones puntuales que podrían conllevar importantes alteraciones en la propia concepción de la jurisdicción, la acción y su instrumento. Estas páginas pretenden acercarse a su historia y a su razón de ser, al derecho a escoger y a sus excepciones. Pero también tienen por objeto advertir sobre sus consecuencias, unas consecuencias que se asocian a la preponderancia de lo público, economía incluida, que se concretan en la previsión de limitaciones diversas para el actor y que se extienden a la actividad judicial a través del incremento de los poderes de oficio y la flexibilización del deber de congruencia.
RECORDANDO:
Pequeñas cosas.
A un procesalista clásico.
EL ACCESO A LA JUSTICIA Y LA NECESARIA COORDINACIÓN ENTRE LA LEY SUSTANCIAL Y LA LEY PROCESAL. Con ocasión
de la acción de jactancia y su cuestionable admisibilidad:
Observaciones iniciales.
SOBRE LOS MODOS DE PRETENDER ANTE LOS TRIBUNALES CIVILES:
Relatividad, máxima accionabilidad y fundamento constitucional.
Un aspecto a considerar: configuración normativa y naturaleza procesal-material.
SOBRE LA VIGENCIA DE LA PARTIDA TERCERA (LEY 46, TÍTULO II):
Con carácter previo.
El problema de su derogación.
Exclusión de la jactancia, tutela judicial de los derechos y creación de órganos administrativos para el
restablecimiento de la legalidad.
LA FACULTAD DE ESCOGER Y EL DEBER DE CONGRUENCIA. A propósito de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
caso-32/12, de 3 de octubre de 2013, y los poderes del juez civil:
De lo privado a lo público, un desplazamiento de doble dirección.
La economía del iudici y las limitaciones al monopolio en el ejercicio de la acción.
Principio de efectividad e intervención judicial de oficio:
Al hilo de eventuales desequilibrios en las relaciones de consumo.
Una equivocación de partida y un dilema final.
CONCLUSIONES.

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