Diccionario panhispánico del español jurídico

Copias sin limite

Las notificaciones administrativas discurso de ingreso en la Academia Valenciana de Jurisprudencia y Legislación

por Díaz Delgado, José

Libro

Se ha calificado por la doctrina a la notificación como una de las instituciones más importantes del derecho administrativo, al depender de ella la eficacia de la mayor parte de de los actos administrativos y es ordinariamente un presupuesto para que pueda entrar en juego el sistema de recursos, y en última instancia el contecioso-administrativo, o lo que es o mismo, la tutela judicial efectiva de los intereses legítimos consagrada en el artículo 24.1 de la Constitución. Si cualitativamente es importante, también lo es cuantitativamente. Una consulta a cualquier base de datos de jurisprudencia administrativamente sobre aquellas sentencias en que el termino 'notificaciones' haya sido objeto de debate, nos dará una respuesta que supera en número al diez por ciento de todas las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo. Proporción que aumente en el caso de sentencias dictadas por los Tribunales Superiores, Audiencia Nacional o Juzgados de los Contencioso-Administrativo.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN: Justificación de la elección del tema.
CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA:
Concepto.
Naturaleza:
La notificación como activo autónomo y distinto del notificado.
La notificación como garantía de los ciudadanos frente al privilegio de autotutela declarativa y ejecutiva.
La notificación como deber de la Administración.
La notificación y la inadmisibilidad por acto consentido.
FUNDAMENTO DE LA NOTIFICACIÓN.
REQUISITOS DEL ACTO DE NOTIFICACIÓN.
SUBJETIVOS:
Sujeto activo. Órgano notificante.
Sujeto pasivo:
Destinatario de la notificación. Los interesados.
Sujeto receptor. La notificación efectuada a terceros. (Crítica).
Notificación presunta. Doble intento fallido.
REQUISITOS OBJETIVOS:
Actos que deben notificarse.
Requisitos de los actos de notificación:
Que contenga el texto íntegro del acto.
Que se identifique si es o no definitivo en vía administrativa.
Que se indique los recursos que procedan, el órgano ante el que hubieran de interponerse y plazo.
Requisitos de la actividad. Plazo:
En general.
Análisis del artículo 58.4 de la Ley. Requisitos de la notificación a los solos efectos de cómputo del plazo máximo para resolver.
PROCEDIMIENTO:
SI SE CONOCE EL DOMICILIO DEL INTERESADO:
Notificación al interesado.
Notificación a persona distinta.
Rechazo de la notificación.
NOTIFICACIÓN EN EL SUPUESTO DE INTERESADOS DESCONOCIDOS O DE IGNORADO DOMICILIO. PUBLICACIÓN EDICTAL:
La notificación edictal.
Supuestos en que es válida la notificación edictal:
Interesados desconocidos.
Interesados conocidos cuyo domicilio se ignora.
Que se ignore el medio a que se refiere el punto 1 del artículo 59.
Que intentada la notificación no se hubiese podido practicar.
Residentes en el extranjero.
EFECTOS DE LA NOTIFICACIÓN.
DE LA NOTIFICACIÓN CORRECTA:
Comienza la eficacia del acto.
A partir del día siguiente al de la notificación empieza a contar el plazo para recurrir.
Se tiene por cumplido el plazo máximo para resolver los procedimientos.
DE LA NOTIFICACIÓN DEFECTUOSA:
Subsanación.
Que se interponga el recurso procedente.
Que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la notificación.
DE LA INEXISTENCIA DE LA NOTIFICACIÓN:
No se producen efectos desfavorables para el interesado.
Jurídico-materiales.
Jurídico-procesales.
Efectos favorables para el interesado.
Acreditación de la notificación.
CONCLUSIONES.
CONTESTACIÓN DEL ILMO. SR. D. RAFAEL GÓMEZ-FERRER SAPIÑA.
LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN EN LA LEC 1/2000:
Concepto.
Funcionario comunicante.
Clases de comunicaciones.
Tiempo de la comunicación.
Forma de la comunicación.
Domicilio para comunicaciones judiciales.
La comunicación edictal.
Cambio de domicilio durante la sustanciación del proceso.
Días y horas hábiles.
Actos de comunicación por medio electrónicos, informativos y similares.
Nulidad y subsanación de los actos de comunicación.


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 67
  • Tamaño: 16.967 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Se ha calificado por la doctrina a la notificación como una de las instituciones más importantes del derecho administrativo, al depender de ella la eficacia de la mayor parte de de los actos administrativos y es ordinariamente un presupuesto para que pueda entrar en juego el sistema de recursos, y en última instancia el contecioso-administrativo, o lo que es o mismo, la tutela judicial efectiva de los intereses legítimos consagrada en el artículo 24.1 de la Constitución. Si cualitativamente es importante, también lo es cuantitativamente. Una consulta a cualquier base de datos de jurisprudencia administrativamente sobre aquellas sentencias en que el termino 'notificaciones' haya sido objeto de debate, nos dará una respuesta que supera en número al diez por ciento de todas las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo. Proporción que aumente en el caso de sentencias dictadas por los Tribunales Superiores, Audiencia Nacional o Juzgados de los Contencioso-Administrativo.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN: Justificación de la elección del tema.
CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA:
Concepto.
Naturaleza:
La notificación como activo autónomo y distinto del notificado.
La notificación como garantía de los ciudadanos frente al privilegio de autotutela declarativa y ejecutiva.
La notificación como deber de la Administración.
La notificación y la inadmisibilidad por acto consentido.
FUNDAMENTO DE LA NOTIFICACIÓN.
REQUISITOS DEL ACTO DE NOTIFICACIÓN.
SUBJETIVOS:
Sujeto activo. Órgano notificante.
Sujeto pasivo:
Destinatario de la notificación. Los interesados.
Sujeto receptor. La notificación efectuada a terceros. (Crítica).
Notificación presunta. Doble intento fallido.
REQUISITOS OBJETIVOS:
Actos que deben notificarse.
Requisitos de los actos de notificación:
Que contenga el texto íntegro del acto.
Que se identifique si es o no definitivo en vía administrativa.
Que se indique los recursos que procedan, el órgano ante el que hubieran de interponerse y plazo.
Requisitos de la actividad. Plazo:
En general.
Análisis del artículo 58.4 de la Ley. Requisitos de la notificación a los solos efectos de cómputo del plazo máximo para resolver.
PROCEDIMIENTO:
SI SE CONOCE EL DOMICILIO DEL INTERESADO:
Notificación al interesado.
Notificación a persona distinta.
Rechazo de la notificación.
NOTIFICACIÓN EN EL SUPUESTO DE INTERESADOS DESCONOCIDOS O DE IGNORADO DOMICILIO. PUBLICACIÓN EDICTAL:
La notificación edictal.
Supuestos en que es válida la notificación edictal:
Interesados desconocidos.
Interesados conocidos cuyo domicilio se ignora.
Que se ignore el medio a que se refiere el punto 1 del artículo 59.
Que intentada la notificación no se hubiese podido practicar.
Residentes en el extranjero.
EFECTOS DE LA NOTIFICACIÓN.
DE LA NOTIFICACIÓN CORRECTA:
Comienza la eficacia del acto.
A partir del día siguiente al de la notificación empieza a contar el plazo para recurrir.
Se tiene por cumplido el plazo máximo para resolver los procedimientos.
DE LA NOTIFICACIÓN DEFECTUOSA:
Subsanación.
Que se interponga el recurso procedente.
Que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la notificación.
DE LA INEXISTENCIA DE LA NOTIFICACIÓN:
No se producen efectos desfavorables para el interesado.
Jurídico-materiales.
Jurídico-procesales.
Efectos favorables para el interesado.
Acreditación de la notificación.
CONCLUSIONES.
CONTESTACIÓN DEL ILMO. SR. D. RAFAEL GÓMEZ-FERRER SAPIÑA.
LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN EN LA LEC 1/2000:
Concepto.
Funcionario comunicante.
Clases de comunicaciones.
Tiempo de la comunicación.
Forma de la comunicación.
Domicilio para comunicaciones judiciales.
La comunicación edictal.
Cambio de domicilio durante la sustanciación del proceso.
Días y horas hábiles.
Actos de comunicación por medio electrónicos, informativos y similares.
Nulidad y subsanación de los actos de comunicación.


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 67
  • Tamaño: 16.967 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Otros usuarios también leyeron